TOP de Copiapó condena a 18 años de presidio a autor de homicidio calificado

28-noviembre-2025
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó hoy –viernes 28 de noviembre– a Luis Roberto Aguirre Aguirre a la pena de cumplimiento efectivo de 18 años de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado (alevosía).

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó hoy –viernes 28 de noviembre– a Luis Roberto Aguirre Aguirre a la pena de cumplimiento efectivo de 18 años de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado (alevosía). Ilícito perpetrados en la comuna de Chañaral, entre el 31 de marzo y el 1 de abril de 2024.

En fallo unánime (causa rol 80-2025), el tribunal –integrado por los jueces Marcelo Martínez Venegas (presidente), Alfonso Díaz Cordaro y Mauricio Pizarro Díaz (redactor)– condenó, además, a Aguirre Aguirre a 300 días de reclusión efectiva, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 5 UTM y de las costas del proceso.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 22:50 horas del 31 de marzo de 2024, “(…) LUIS ROBERTO AGUIRRE AGUIRRE, apodado el ‘LUCHO KID’, concurrió hasta el domicilio ubicado en calle Carlos Condell N°879, de Chañaral, perteneciente a la víctima Pedro Toro Morgado, de 73 años de edad, de orientación homosexual, conocido socialmente como ‘El Paola’. En dichas circunstancias, aproximadamente entre las 23:00 horas del 31 de marzo y las 03:00 horas de la madrugada del 1 de abril, LUIS AGUIRRE AGUIRRE junto a la víctima Pedro Toro Morgado se encontraban al interior del dormitorio de este último, donde con motivo de una discusión por dinero, el acusado LUIS AGUIRRE AGUIRRE sacó un arma cortopunzante de sus vestimentas con la que asestó al menos siete heridas cortopunzantes al cuello de la víctima Toro Morgado, lo golpeó en su cabeza y además le generó un ‘trauma traquimedular cervical con fractura cervical y heridas cortopunzantes cervicales múltiples’, heridas de gravedad que le causaron su muerte en el lugar.

Luego, el imputado Luis Aguirre sustrajo especies de propiedad de la víctima consistentes en un reloj y una maleta, avaluándose prudencialmente en $250.000, para luego huir del lugar”.

“Que en cuanto la extensión del mal causado, estos jueces, tienen en consideración que se dio muerte a una persona de una manera alevosa, conforme a la cual el acusado le fracturó la columna cervical a la víctima; que también conforme a la agresión, además de manera previa el acusado le propinó al menos siete puñaladas con un cuchillo en el cuello a la víctima, y también lo golpea en la cabeza. Agresión que se efectuó respecto de una persona que era un adulto mayor de 73 años, el que ninguna posibilidad de defensa tuvo, quedando a merced de su agresor, respecto de quien se había reunido para tener un encuentro sexual, y no encontrar la muerte en manos del acusado; por lo anterior, se considera por estos jueces como prudente y proporcional fijar la pena en dieciocho años de presidio mayor en su grado máximo, habida consideración además que se trata de un delito que tutela el bien jurídico fundamental, que es la vida, y que en la especie se dio muerte a una persona de manera absolutamente brutal”, consigna el fallo.

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