TOP de Iquique condena a 7 y 6 años de presidio a autores de robo con violencia

18-noviembre-2025

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Freddy José Añez Rojas y Alan Daniel Maldonado Maldonado a las penas de 7 y 6 años de presidio efectivo, respectivamente; en calidad de autores del delito consumado de robo con violencia. Ilícito perpetrado en octubre del año pasado, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 346-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Cristián Malebrán Eyraud (presidente), Rodrigo Villar Bustamante y Franco Repetto Contreras (redactor)– aplicó, además, a Añez Rojas y Maldonado Maldonado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 13:15 horas del 5 de octubre de 2024, la víctima de 13 años “(…) se desplazaba a pie junto a su mascota por la intersección de las calles Francisco Vergara y Playa El Águila, en la comuna de Iquique. En dicho momento, tomó su teléfono celular marca Xiaomi, modelo Redmi Note 13, con la intención de responder un mensaje.

En esas circunstancias, arribaron al lugar los acusados Freddy José Añez Rojas y Alan Daniel Maldonado Maldonado, a bordo de un vehículo de color plateado conducido por Maldonado, quienes, previamente concertados para sustraer especies a transeúntes, se dirigieron directamente hacia la víctima.

Añez Rojas descendió del vehículo y abordó a la víctima por la espalda, rodeándole el pecho con un brazo y exigiéndole en voz alta la entrega de su celular.

La víctima opuso resistencia y forcejeó con el imputado, quien, con el propósito de apoderarse del teléfono, le propinó varias estocadas en la espalda utilizando un arma cortopunzante.

Ante la resistencia manifestada por la víctima y el tiempo transcurrido, Maldonado, desde el interior del vehículo, le indicó a Añez Rojas: que se retiraran. A continuación, Añez Rojas se separó de la víctima, retornó al vehículo conducido por Maldonado y ambos se retiraron del lugar, sin lograr consumar la sustracción del teléfono”.

A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió lesiones de carácter clínicamente leves, consistentes en una herida cortante superficial de aproximadamente dos centímetros en la región posterior del tórax y otras heridas penetrantes superficiales.

En la determinación de las penas de 7 y 6 años a imponer a los condenados, el tribunal sostuvo que “El fundamento para hacer tal distinción estriba en que, si bien ha quedado suficientemente acreditado que intervinieron de manera conjunta y necesaria para la ejecución directa del hecho delictivo que previamente se habían propuesto y deliberado, la actividad desplegada Añez resulta en extremo intensa, apreciando en su forma de obrar, un desvalor mayor respecto de aquella desarrollada por su compañero del delito, no reflejando su acción el desdén que si se aprecia en el ataque que realizó el primero, por lo que nos parece que la pena resulta así más proporcionada en relación a la forma en que se lesionó el bien jurídico comprometido”.

 

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