La Corte de Apelaciones de Concepción revocó hoy –martes 14 de octubre– la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, y dejó sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a Claudio Alejandro Monsalves Sáez, Yohan Segundo Becerra Espinoza, Carlos Manuel Molina Sáez y Joan Paul Rojas Arce, imputados por el Ministerio Público como autores del delito frustrado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado el sábado pasado en la costa de Coronel.
En fallo unánime (causa rol 1.616-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Camilo Álvarez Órdenes, la ministra Carola Rivas Vargas y la abogada (i) Beatriz Larraín Martínez– acogió el recurso de apelación deducido por la fiscalía y ordenó la prisión preventiva de Monsalves Sáez, Becerra Espinoza, Molina Sáez y Rojas Arce, por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Que, la defensa cuestiona todos los hechos de la formalización y niega la comisión de algún delito, alegando que, al momento de la detención, los imputados abordan el pesquero, para salvar su vida, ya que se encontraban en medio de un temporal, en embarcaciones menores. Sobre el particular, cabe señalar que en la audiencia respectiva, la misma defensa no cuestionó los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Asimismo, el relato expuesto por el defensor, no se sostiene en ningún elemento o antecedente de la investigación expuesto en esta audiencia, ni siquiera en la interpretación que hace el propio defensor de los hechos descritos en el parte policial y, al contrario, no se otorga explicación alguna de las razones lógicas por las cuales, doce personas, en dos embarcaciones pequeñas, sobrepasando su capacidad, se encontraban en alta mar, en la madrugada, sin elementos de pesca”, consigna el fallo.
“Que, en cuanto a la necesidad de cautela, es preciso considerar la concurrencia de varios de los presupuestos objetivos que contempla la letra c) de la norma legal referida para configurar el peligro para la seguridad de la sociedad e imponer la medida cautelar más gravosa. En efecto, no solo resultan particularmente peligrosas las circunstancias de comisión del delito, donde se aborda de madrugada un barco pesquero en alta mar, intimidando a la tripulación con elementos como chinguillos (herramienta de pesca); sino que además, el delito por el que fueron formalizados tiene asignada una pena de crimen, han obrado en grupo o pandilla y todos los imputados mantienen condenas anteriores, que si bien están prescritas, han de considerarse para efectos de determinar que carecen de irreprochable conducta”, agrega.
Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de once de octubre pasado, por el Juzgado de Garantía de Coronel que negó imponer la cautelar de prisión preventiva a los formalizados Claudio Alejandro Monsalves Sáez; Yohan Segundo Becerra Espinoza; Carlos Manuel Molina Sáez y Joan Paul Rojas Arce y, en su lugar, se accede a la prisión preventiva para dichos imputados”.