4° TOP de Santiago condena a penas de 15 años y un día y 10 años y un día de presidio efectivo a autores de robo con homicidio frustrado y robo calificado

16-septiembre-2025
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy -martes 16 de septiembre- a Luis Alberto Castro Hernández, Emanuel Eduardo Henríquez Salazar, Luis Felipe Molina Ureta, Juan Carlos Cancino Ulloa y Rey Eduardo Gamboa Pinto a la pena de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de coautores del delito frustrado de robo con homicidio, perpetrado en junio de 2021 en la comuna de Pudahuel.

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy -martes 16 de septiembre- a Luis Alberto Castro Hernández, Emanuel Eduardo Henríquez Salazar, Luis Felipe Molina Ureta, Juan Carlos Cancino Ulloa y Rey Eduardo Gamboa Pinto a la pena de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de coautores del delito frustrado de robo con homicidio, perpetrado en junio de 2021 en la comuna de Pudahuel.

En fallo unánime (causa rol 483-2024), el tribunal –integrado por los magistrados María Alejandra Cuadra (presidenta), Paulina Sariego y Cristián Soto (redactor)– condenó a Luis Alberto Castro Hernández, Patricio Guillermo Aravena Acevedo, Cristian Eduardo Gómez Muñoz y David Andrés Gallardo Mora a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de coautores del delito consumado de robo calificado.

Además, impuso a Giovanna Nicole Tassara Vásquez a la pena de 5 años y un día de presidio, como coautora de robo calificado consumado; y a Luis Alberto Castro Hernández a la pena de 5 años y un día como autor de un delito consumado de robo con intimidación, todos cometidos en marzo de 2020, en la comuna de Estación Central. 

En la causa, el tribunal condenó además a Luis Alberto Castro Hernández y a Luis Felipe Molina Ureta como coautores de robo con intimidación consumado a sufrir la pena de 5 años y un día de presidio; mientras que a Gabriela Alejandra Sepúlveda Lizama, como autora del delito de receptación de especies, se le impuso la pena de 270 días de presidio y una multa de 5 unidades tributarias mensuales, las que se sustituyen por 15 días de reclusión, sanciones que en su caso se tienen por cumplidas y descontadas por lo tanto de sus abonos.

En su resolución, el tribunal resolvió que Luis Alberto Castro Hernández, Emanuel Eduardo Henríquez Salazar y a Luis Felipe Molina Ureta deberán purgar la pena de 10 años y un día de presidio, como coautores de robo con retención; mientras que a Gabriela Alejandra Sepúlveda Lizama, como cómplice del delito de robo calificado, se le impuso la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, la que será sustituida por libertad vigilada intensiva. Ilícitos perpetrados en mayo de 2021, en la comuna de Santiago. 

Finalmente, el tribunal condenó a Emanuel Eduardo Henríquez Salazar y a Juan Carlos Cancino Ulloa, como autores del delito de porte de arma de fuego y municiones, a la pena de 3 años y un día de presidio; y a Patricio Guillermo Aravena Acevedo como autor del delito de porte y tenencia de arma de fuego prohibida, a purgar la pena de 5 años y un día de presidio, ilícitos descubiertos en julio de 2021, en la ciudad.

Se impusieron a todos los condenados las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras genéticas de los sentenciados para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.

Los hechos
En cuanto a los hechos, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 20 de marzo de 2020, aproximadamente a las 09:30 horas, “Cristián Eduardo Gómez Muñoz, Giovanna Nicole Tassara Vásquez, Patricio Guillermo Aravena Acevedo, David Andrés Gallardo Mora y Luis Alberto Castro Hernández y otros sujetos no identificados, actuando coordinadamente, un grupo de ellos ingresó a la sucursal del Banco de Chile ubicada en Alameda Libertador Bernardo O’Higgins, en la comuna de Estación Central, mientras otros se mantuvieron en las inmediaciones. 

Los sujetos, “caracterizados algunos de ellos como con mascarillas, gafas y jockey, portando armas de fuego, redujeron al guardia de seguridad, intimidaron a clientes y funcionarios logrando apropiarse de $38.658.870 pesos y U$145 dólares. La llegada fortuita de dos funcionarios de Carabineros en motocicletas generó un enfrentamiento armado, durante el cual los imputados para huir utilizaron a víctimas como escudos humanos y efectuaron múltiples disparos, resultando heridos los funcionarios policiales Abraham Elías Bórquez Pérez en el pie derecho y Frank Espinoza Isla con una herida transfixiante torácica de carácter grave que requirió toracotomía y lo mantuvo en ventilación mecánica en la UCI. Durante la fuga, dos de los sujetos parte del grupo y apostados en el exterior, -uno de ellos Luis Castro Hernández-, sustrajeron un taxi intimidando con armas de fuego a su conductor”.

En un segundo hecho, el 30 de abril de 2021, a las 12:30 horas aproximadamente, en calle Algarrobal, comuna Quinta Normal, “Luis Castro Hernández y Luis Felipe Molina Ureta, previamente concertados y a bordo de un vehículo marca Chery Tiggo, abordaron a Brayan Guillermo Mosqueda Marquirott, quien se encontraba junto a su pareja realizando una descarga de artículos para la empresa The Pack C.O., intimidándolos con armas de fuego procediendo a la sustracción del móvil y las especies que en el interior llevaba, consistentes en ropa y aproximadamente 20 cajas de vinos de diferentes marcas, además de valores personales, objetos avaluados en aproximadamente 30 millones de pesos. Castro posteriormente entregó esas botellas de licor a Gabriela Alejandra Sepúlveda Lizama para su reducción”.

En un tercer hecho, el 3 de mayo de 2021, aproximadamente a las 09:00 horas, “fue abordado Alan Gari Musaja Acero en calle Bascuñán Guerrero, comuna Santiago, cuando se dirigía a una bodega cercana a su domicilio. Un grupo de sujetos, entre los que estaban Luis Alberto Castro Hernández, Luis Felipe Molina Ureta y Emanuel Eduardo Henríquez Salazar, algunos vestidos con indumentaria alusiva a la Policía de Investigaciones, lo abordaron con armas de fuego introduciéndolo a un furgón tipo Fiat Fiorino. Durante la retención procedieron a intimidar señalándole que tenían investigada a su familia, pusieron una mochila en su cabeza, procediendo a sustraer el teléfono celular, billetera y dinero en efectivo. Tras unos minutos lo liberaron en calle Departamental con 1° de Mayo, comuna de Pedro Aguirre Cerda. Castro Hernández huyó en su automóvil Chery Tiggo abandonándolo en las inmediaciones, llamando a Gabriela Sepúlveda Lizama para que rescatara el vehículo y ocultara los elementos del delito que se encontraban en su interior”.

En un cuarto hecho, el 10 de junio de 2021, alrededor de las 23:50 horas, en la comuna de Pudahuel, “Emanuel Eduardo Henríquez Salazar, Luis Alberto Castro Hernández, Juan Carlos Cancino Ulloa, Luis Felipe Molina Ureta y Rey Eduardo Gamboa Pinto, previamente concertados y a bordo de distintos vehículos, entre los cuales se encontraba un Chery Tiggo, quienes tras un largo seguimiento y con el objeto de apropiarse de especies muebles ajenas, dispararon en contra de Jonathan Cristóbal Ortiz Venegas, quien conducía el camión de carga. La víctima recibió el impacto balístico en el cráneo, pero gracias a la acertada y oportuna intervención médica su grave lesión no resultó fatal, configurándose el delito de robo con homicidio frustrado”.

En un quinto hecho, el 11 de julio de 2021, en virtud del diligenciamiento de la orden de detención autorizada por el 6° Juzgado de Garantía de Santiago, “funcionarios de la Brigada Investigadora de Robos Centro Norte de la Policía de Investigaciones determinaron que Emanuel Eduardo Henríquez Salazar transitaba por Avenida Manuel Antonio Matta, comuna de Quilicura, a bordo del vehículo marca Citroën modelo Berlingo. Al proceder a su detención, se incautaron al interior del vehículo diversas especies relacionadas con actividades delictuales: 1 Revólver marca Taurus apto para el disparo; 5 cartuchos balísticos sin percutir y uno percutido; 1 baliza color azul; 3 teléfonos móviles; y, 1 par de guantes. El armamento se encontraba apto para el disparo no teniendo el imputado permiso para el porte o tenencia de arma de fuego y/o municiones”.

En un sexto hecho, el 14 de julio de 2021, “en virtud de órdenes de entrada, registro e incautación autorizadas por el 6° Juzgado de Garantía de Santiago, se procedió a ejecutar simultáneamente alrededor de las 03:00 horas diligencias en diversos domicilios, en donde incautan armamento, municiones e indumentaria utilizada para la modalidad de falsos policías, y procediendo a la detención de varios imputados”.
En un domicilio ubicado en Agua Santa, comuna de Maipú, “se detuvo a Patricio Guillermo Aravena Acevedo, incautándose en el living de su domicilio 5 municiones de fogueo adaptadas para el disparo, 1 baliza utilizada para falsos policías, $510.000 pesos en billetes falsos y 1 teléfono móvil celular. En el dormitorio del imputado se incautó 01 arma de fogueo adaptada con capacidad de activación de municiones, siendo apta para el disparo”.

En un domicilio ubicado en pasaje Yodo, comuna de Conchalí, “se detuvo a Juan Carlos Cancino Ulloa, incautándose elementos utilizados para suplantar policías, incluyendo: 6 mascarillas negras, 4 mascarillas PDI, 4 pasamontañas negros, 3 grilletes con fundas, 1 par de coderas y rodilleras tácticas, 3 chalecos anticorte, 6 jockey PDI, 1 chaleco con porta placas balísticas, 1 funda de pistola muslera, 1 funda de pistola, 1 placa falsa PDI, 2 handies, 1 bolso táctico, 2 balizas LED, 2 sirenas y 1 inhibidor de señal. Adicionalmente, en el dormitorio se incautó 1 arma de fuego tipo pistola apta para el disparo marca Ruby y 5 cartuchos balísticos calibre 32”.

Las pericias establecieron que “las armas de fuego se encontraban aptas para el disparo y que las municiones eran aptas para ser percutidas. Se acreditó que ninguno de los imputados contaba con los permisos legales correspondientes para el porte y tenencia de las armas de fuego y municiones incautadas, configurándose la ilegalidad de las conductas”.

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