Las experiencias comparadas entre Chile y Argentina en materia de pensiones de alimentos y cuidado, fue el tema del seminario organizado como evento de cierre del proyecto “Tasación económica del trabajo de cuidados en las pensiones de alimentos: propuesta de indicadores para su medición”. Trabajo realizado a través del fondo de investigación “Haroldo Brito Cruz” del Instituto de Estudios Judiciales (IEJ), y que fue adjudicado en 2024 por la jueza del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, Paz Pérez, junto a la académica Patricia Retamal.
El encuentro, que contó con la participación de las ministras de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y Andrea Muñoz y el presidente del IEJ, Javier Mora, tuvo como objetivo incentivar la reflexión sobre cómo la incorporación del derecho al cuidado amplía el debate – más allá del pago de insumos para la crianza-hacia el reconocimiento de un trabajo realizado en su mayoría por demandantes mujeres.
“Este diálogo debe nutrirse con el tema desigualdad de género que produce la ausencia de corresponsabilidad y cuidado de hijos e hijas y su vinculación directa con incumplimiento de la pensión de alimentos. Asimismo, resulta especialmente útil examinar la experiencia comparada y, en particular, observar la evolución de los indicadores de crianza en Argentina”, señaló la magistrada Pérez.
La actividad contó con la participación de las abogadas argentinas Laura Pautassi, Sofía Harari y Agustina Correa, integrantes del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA); y por la doctora en sociología y académica de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Martina Yopo.
El panel de expertas expuso sobre la conceptualización, alcance y medición del derecho humano al cuidado; el índice crianza y obligación alimentaria en Argentina y las experiencias de incumplimiento en el pago de pensiones de alimentos en Chile.
“El cuidado es un derecho humano que siempre ha existido, pero que no se le consideraba (…) es un derecho en si mismo y deben garantizarse las condiciones para su ejercicio, con eje en las personas y no en las prestaciones o en la necesidad”, señaló Laura Pautassi, quién se refirió a la Opinión Consultiva N° 31/25 de la Corte IDH sobre el contenido y alcance del derecho al cuidado que fue solicitada por Argentina y cuyo pronunciamiento fue notificado el 7 de agosto pasado.
Por su parte Sofía Harari y Agustina Correa abordaron el deber alimentario en el derecho argentino, las medidas innovadoras para asegurar el cumplimiento, la jurisprudencia que reconoce el incumplimiento alimentario como forma de violencia y el índice de crianza como herramienta de prevención y visibilización.
La socióloga, Martina Yopo, expuso algunas conclusiones de un estudio cualitativo basado en entrevistas para explorar experiencias respecto del pago de pensiones de alimentos desde una perspectiva de género, las que fueron descritas por todas las participantes como difíciles y problemáticas. Agregó que el incumplimiento “constituye una clara expresión de violencia económica no solo porque afecta su autonomía, sino que las obliga a intensificar sus jornadas de trabajo, aumentando su cansancio, agobio y malestar”. Por otro lado, explicó Yopo, “recibir ingresos económicos por concepto de pago de pensiones también aumenta su vulnerabilidad a la violencia económica, física y sicológica”.
Finalmente, la jueza Paz Pérez señaló que con este encuentro da por culminada su investigación. “En los próximos días, se publicará en la página web del IEJ, una propuesta de herramienta para tasar las tareas de cuidado, cuyo fin es contribuir a seguir fortaleciendo el reconocimiento de esta labor en el ámbito jurídico y social”.