Corte de Santiago condena al Fisco a pagar indemnización a prisioneros políticos sometidos a torturas

04-septiembre-2025
En la sentencia (rol 18.043-2024) la Sexta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Patricio Álvarez y la abogada (i) Reneé Rivero- ratificó en todas sus parte el fallo de primera instancia.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnización a cinco trabajadores de cooperativa agrícola sometidos a torturas en Villa Alhué, Isla de Maipo, Melipilla y San Antonio.

En la sentencia (rol 18.043-2024) la Sexta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Patricio Álvarez y la abogada (i) Reneé Rivero- ratificó en todas sus parte el fallo de primera instancia.

“Que de acuerdo con el N° 3° del artículo 1551 del Código Civil, el deudor está en mora cuando el deudor ha sido judicialmente reconvenido por el acreedor, norma que en el caso sub judice debe complementarse con lo que disponen los incisos primero y segundo del artículo 752 del Código de Procedimiento Civil, a saber: “Toda sentencia que condene al Fisco a cualquiera prestación, deberá cumplirse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de recepción del oficio a que se refiere el inciso segundo, mediante decreto expedido a través del Ministerio respectivo”.

“Ejecutoriada la sentencia, el tribunal remitirá oficio al ministerio que corresponda, adjuntando fotocopia o copia autorizada de la sentencia de primera y de segunda instancia, con certificado de estar ejecutoriada”, dice el fallo.

Agrega: “Que, en consecuencia, los intereses que la demandada eventualmente debe pagar sólo correrán desde la mora del Fisco, lo que ocurrirá pasados los sesenta días a que se refiere la última norma citada”.

La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Mera.

 

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