El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó a Raúl Eliecer Inzunza Olmos a la pena de 18 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de robo con homicidio. Ilícito perpetrado en febrero de 2022, en la comuna de Negrete.
En fallo unánime (causa rol 68-2024), el tribunal –integrado por las magistradas Marisol Panes Viveros (presidenta), Perla Roa Borgoño y Pamela Pino Almendras (redactora)– aplicó, además, a Inzunza Olmos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la noche del 24 de febrero de 2022, Raúl Eliecer Inzunza Olmos, concurrió al domicilio de la víctima Flor Gutiérrez Gutiérrez en la comuna de Negrete. Aprovechando que lo conocía, accedió a la casa de la mujer, momento en la que golpeó brutalmente, en distintas partes del cuerpo, con objetos contundentes, además de pies y puños. Luego la estranguló con un cordel hasta matarla.
Tras esto se apropió de diferentes especies como joyas, dinero en efectivo, ropa, el celular y tarjetas bancarias de la víctima, con las que se dio a la fuga, regresando en más de una ocasión para sustraer más cosas.
“Producto de la agresión, y según el contenido del informe de autopsia N°08-LAN- AUT-061-22, la víctima resultó con múltiples fracturas en diversas partes del cuerpo, tales como fractura nasal con desviación y aplastamiento del dorso nasal, traumatismo craneoencefálico complicado que produjo hemorragia y fractura del cráneo: herida contusa en la región de la ceja derecha de 9 cms de largo, escoriación apergaminada extensa submentoneana, diversas equimosis y escoriaciones en distintas partes del cuerpo, surco apergaminado en el cuello de un cm de ancho y fractura del hueso hioides provocada por el estrangulamiento y asfixia. El médico legista del servicio médico legal de Los Ángeles señala en el citado informe de autopsia que las lesiones son coetáneas, recientes, vitales y de tipo homicida, estableciendo como causa de muerte: ASFIXIA POR ESTRANGULAMIENTO", detalló la sentencia.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.