TOP de Temuco condena a 7 años y seis meses y a 5 años y un día de presidio a autores de receptación reiterada de especies

02-septiembre-2025
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas a los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento policial.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Miguel Ángel Pérez Avilés y Cristián Alejandro Villanueva Alarcón a la pena de 7 años y seis meses de presidio efectivo y multa de 10 UTM; y a Juan Pablo Zawadzki Cruz, a la pena de 5 años y un día de presidio y multa de 10 UTM, además las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Todos en calidad de autores del delito consumado y reiterado de receptación de especies, perpetrado en marzo del año pasado, en Temuco y Villarrica.

En fallo unánime (causa rol 60-2025), el tribunal –integrado por los jueces Priscilla Frantzen Cervantes (presidenta), Roberto Herrera Olivos (redactor) y José Ignacio Rau Atria– condenó, además, a Villanueva Alarcón y Zawadzki Cruz; y a Pérez Avilés a las penas de 3 años y un día y 4 años y un día respectivamente, además de las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autores del delito consumado de robo en lugar no habitado.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el día 25 de marzo de 2024, alrededor de las 17:15 horas los condenados Miguel Pérez Avilés, Cristian Villanueva Alarcón y Juan Zawadzki Cruz se trasladaron en camioneta hasta Avda. Balmaceda N°144 de Temuco lugar en el cual se encuentra emplazado el “sitio antena” de las empresas WOM, CLARO Y MOVISTAR, infraestructura para prestar los servicios de telefonía, tv cable e internet, procediendo los imputados a forzar su entrada al lugar con dos manojos de llaves, un napoleón, un galletero, una maquina soldadora, una barretilla, un disco de corte y un disco diamantado, y utilizando para abrir un elemento idóneo para ello. De esta forma ingresaron al lugar y sustrajeron dos baterías de litio de la empresa Claro y otras baterías de litio de la empresa movistar y también de la empresa WOM, además de 4 memorias, las cuales cargaron en la camioneta ya señalada. Sin embargo fueron sorprendidos en el lugar por personal policial frustrando su escape. En el pick up de la camioneta, los imputados mantenían, en una cantidad no superior a 18 unidades, varias baterías de litio de propiedad de las empresas WOM y Movistar, sustraídas desde un sitio antena ubicado en San Martín N°851 de la comuna de Temuco y también de otro sitio antena ubicado en la localidad de Metrenco en Padre Las Casas. Los acusados conocían o no podían menos que conocer el origen ilícito de dichas especies.

Además, se logró establecer que el 22 de marzo de 2024 los condenados y una mujer cuya identidad se desconoce, llegaron a bordo de una camioneta hasta una cabaña ubicada en Villarrica, inmueble que arrendaron entre los días 22 y 25 de marzo del presente año. En dicho lugar y entre los días señalados, los condenados, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de dichas especies, procedieron a acopiar, guardar y mantener bajo su resguardo un total de 28 baterías de litio de diversos amperajes, pertenecientes a las empresas de telefonía móvil Claro, Wom y Movistar, sustraídas de distintos sitios antena de las comunas de Villarrica y Pucón.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas a los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento policial.

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