TOP de Coyhaique condena a exfuncionarios de la PDI por falsear informe policial

20-agosto-2025
En fallo unánime (causa rol 2-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Mónica Coloma Pulgar (presidente), Pablo Freire Gavilán y Patricio Zúñiga Valenzuela (redactor)– aplicó, además, a Aedo Cabrera y Uribe Valeria las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de 20 UTM.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Ricardo Antonio Aedo Cabrera y a Juan Ignacio Uribe Valeria a la pena de 600 días de presidio menor, con el beneficio de la remisión condicional de la pena por igual lapso, en calidad de autores del delito consumado de faltar maliciosamente a la verdad en un informe policial. Ilícito perpetrado en agosto de 2023.

En fallo unánime (causa rol 2-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Mónica Coloma Pulgar (presidente), Pablo Freire Gavilán y Patricio Zúñiga Valenzuela (redactor)– aplicó, además, a Aedo Cabrera y Uribe Valeria las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de 20 UTM.

Ambos condenados deberán quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de la ciudad, por el término de 600 días.

El tribunal dio por acreditado que, el 26 de agosto de 2023, ambos imputados, quienes entonces integraban la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado de Coyhaique, participaron en un procedimiento de entrega vigilada regulada por la Ley 20.000. En el marco de dicha operación, personal policial ingresó a un domicilio ubicado en calle Quitralco de Puerto Aysén, donde se procedió a la detención de una mujer por el delito flagrante de tráfico de drogas.

Durante la diligencia, por instrucción verbal de uno de los condenados, solicitaron a otro funcionario policial que las cajas que contenían droga fueran trasladadas desde un vehículo estacionado en el frontis de la vivienda hasta el interior de la misma, acción que luego fue consignada en un parte policial como si hubiesen sido ingresadas directamente por la detenida.

Posteriormente, Aedo Cabrera y Uribe Valeria confeccionaron y suscribieron el informe policial, en el cual se hizo constar falsamente que las encomiendas con droga habían sido entregadas e ingresadas por la imputada al interior del domicilio, omitiendo el verdadero origen y forma en que estas fueron incorporadas al procedimiento.

Se concluyó que tal actuación constituyó el delito de falsificación de instrumento público, toda vez que el documento policial, en calidad de antecedente oficial dentro de la investigación penal, incorporó información falsa con el objeto de dar respaldo a la diligencia.

 

Noticia con fallo