El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones presentada por un docente de asignaturas técnicas en la carrera de Ingeniería en Construcción, en contra de la Fundación Instituto Profesional DUOC UC.
En el fallo (causa RIT O-5460-2024), el juez titular Ricardo Araya Pérez estimó que la empleadora no logró acreditar los hechos objetivos que fundaron la aplicación de la causal de necesidades de la empresa, al no justificar adecuadamente la supuesta eliminación de asignaturas ni la imposibilidad de reubicación del docente en la planta académica.
Según consigna la resolución: “No se acompañó documentación objetiva alguna que permita verificar una modificación formal del plan de estudios, una reorganización administrativa aprobada, o una reducción de matrícula que justifique de modo concreto y racional la eliminación de la asignatura impartida por el actor”.
Además, se agregó que: “A ello se suma que, de la propia documental del actor —especialmente la publicación de aviso de reemplazo en el mes de agosto de 2024—, se desprende que las asignaturas anteriormente dictadas por el demandante habrían continuado impartiéndose, lo que contradice directamente la versión de la empleadora”.
En consecuencia, el tribunal declaró injustificado el despido y condenó a la Fundación Instituto Profesional DUOC UC a pagar al trabajador la suma de $2.094.858 por concepto de recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicio, con los respectivos reajustes e intereses conforme al artículo 173 del Código del Trabajo.
La sentencia establece que cada parte deberá pagar sus propias costas.