El Juzgado de Garantía de Alto Hospicio dejó detenidos en tránsito a R.A.D.M., M.A.B.F., W.L.C.B., M.A.M.C. y C.A.S.D.N., imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos de asociación ilícita, estafa, loteo irregular y lesiones menos graves. Ilícitos perpetrados entre 2020 y 2023, en la comuna de Alto Hospicio.
En la audiencia de formalización, la magistrada Paulina Valenzuela Negrete denegó la solicitud de prisión preventiva pedida por el Ministerio Público al considerar que, en esta etapa procesal, no se aportaron antecedentes o presunciones fundadas para establecer los delitos imputados. Además, fijó en 120 días el plazo de investigación.
Resolución que fue apelada verbalmente por el Ministerio Público. Recurso que fue acogido por el tribunal por lo que ordenó en ingreso en tránsito de los imputados y que se eleven los antecedentes ante la Corte de Apelaciones de Iquique, tribunal de alzada que deberá resolver, en definitiva, el régimen cautelar a cumplir.
Al resolver el régimen cautelar, la magistrada razonó que: “La prueba incorporada por el Ministerio Público para dicho efecto resulta insuficiente, primero para tener por acreditado los actos de loteo irregular que imputa a los imputados. No existe un acto o, por lo menos, la prueba no corrobora un acto de división del terreno y menos la venta o entrega de este por los imputados a las víctimas denunciantes”.
“A juicio del tribunal, no existen presunciones fundadas para establecer los delitos de loteo irregular, estafa y asociación ilícita, porque los elementos de convicción aportados por el Ministerio Público son insuficientes para tal efecto, por lo que se resuelve no ha lugar a decretar la prisión preventiva. Con el objeto de asegurar la comparecencia de los imputados a los actos del procedimiento se decreta las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual”, añade.
Para el tribunal: “(…) lo que acontece en este caso es que un grupo de personas se tomaron un terreno de manera irregular y procedieron a habitar en ese terreno y, obviamente que con el correr del tiempo, mantienen problemas de convivencia por las características propias de la organización. Sin embargo, que exista una estructura que actúa en desmedro de otros pobladores, lo cierto es que no resulta acreditado en esta instancia procesal al menos.
Finalmente, la jueza Valenzuela Negrete consideró que el material audiovisual exhibido en la audiencia, no permiten “(…) concluir la efectividad de los hechos imputados en la formalización”.
Según el ente persecutor, entre 2020 y 2023, en la comuna de Alto Hospicio, la imputada R.A.D.M. lideró un comité de viviendas con las coimputadas M.A.B.F., W.L.C.B. y M.A.M.C., denominado “Los Dieciocho”, que realizó el loteo y venta irregular de dos hectáreas de lo que hoy se conocen como toma “La Mula”.
En dicho contexto, R.A.D.M. “vendía” terrenos de unos 200 metros cuadrados aproximadamente, por entre $100.000 y $200.000, asegurando la transfería del dominio y entrega de los sitios a compradores de escasos recursos.
Una vez concretadas las ventas irregulares, los imputados C.A.S.D.N. y M.A.M.M. (con orden de detención pendiente) procedían por medio de amenazas e intimidación, a cobrar a las víctimas diversas sumas de dinero por diversos servicios como electricidad, cierres perimetrales y celebraciones, entre otros. Si no pagaban, eran desalojaban por la fuerza y desarmaban lo que habían construido.
En la causa, además a R.A.D.M. se le imputó autoría del delito de amenazas condicionales y daños calificados; y a C.A.S.D.N., el delito de amenazas condicionales.