El Decimoséptimo Juzgado Civil de Santiago acogió la solicitud de quiebra de la Compañía Minera San Esteban Primera SA.
En el fallo (causa rol 17.204-2010), la magistrada Rocío Pérez Gamboa acogió la petición planteada por el Consejo de Defensa del Estado por incumplimiento de convenio judicial preventivo, que habían acordado las partes.
“Que, se designa como síndico titular a RICARDO HOFFMANN LEÓN, ingeniero civil, cédula de identidad Nº6.741.867-0, domiciliado en Av. Apoquindo Nº4775, oficina 1502, Las Condes; y como síndico suplente a VICENTE TORESANO SOLDEVILLA, ingeniero comercial, cédula de identidad Nº4.064.249-8, domiciliado en Compañía de Jesús Nº1390, oficina 1509, Santiago”, consigna el fallo.
La resolución agrega que: “Comuníquese esta resolución al señor síndico antes designado a fin de que incaute, bajo inventario, todos los bienes, libros y documentos del fallido. Para este efecto se prestará por el jefe de Carabineros más inmediato el auxilio de la fuerza pública, con la sola exhibición de copia autorizada de la presente sentencia”.
“Diríjase oficios a Correos y Télex Chile para que entreguen al Sr. síndico designado, la correspondencia y despachos telegráficos cuyo destinatario sea el fallido”, añade.
En la causa, se resolvió, además, que:
“Acumúlense al presente juicio de quiebra todos los que existan contra el fallido que estuvieren pendientes ante otros tribunales, de cualquier jurisdicción, y que puedan afectar sus bienes, salvo las excepciones legales.
Adviértase al público que no debe pagar ni entregar mercaderías al fallido, so pena de nulidad de los pagos y entregas. Igualmente, las personas que tengan bienes o papeles del fallido, deberán ponerlos a disposición del síndico designado dentro de tercero día, bajo pena de ser tenidos por encubridores o cómplices de la quiebra, si así no lo hicieran.
Se pone conocimiento de todos los acreedores residentes en el territorio de la República, que tienen el plazo de treinta días para que se presenten con los documentos justificativos de sus créditos y preferencias, bajo apercibimiento de que les afectarán los resultados del juicio, sin nueva citación.
Despáchese cartas aéreas certificadas para hacer saber la quiebra a los acreedores que se hallen fuera del territorio de la República, a fin de que, en el término de treinta días, aumentados con el emplazamiento correspondiente que se expresará en cada carta, comparezcan al juicio con sus documentos justificativos de sus créditos y preferencias, bajo el mismo apercibimiento señalado a los acreedores residentes en el país.
Inscríbase esta resolución en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y en los correspondientes a cada uno de los inmuebles perteneciente a la fallida”, detalla.
“Se fija la audiencia del trigésimo quinto día hábil contados desde la publicación de la presente sentencia, o al día siguiente hábil si el anterior recayere en sábado, a las 9:00 horas para llevar a efecto la Primera Junta de Acreedores, la que se realizará en la sala de audiencias de este tribunal, ubicado en calle Huérfanos Nº1409, 5° piso, Santiago”, ordena.