Sexto TOP de Santiago condena a 4 años de presidio a autor de receptación de vehículo motorizado

20-julio-2025
En fallo unánime, el tribunal condenó a Harold Alexander Muñoz Tapia a la pena de 4 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la comuna de El Bosque.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Harold Alexander Muñoz Tapia a la pena de 4 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la comuna de El Bosque.

En fallo unánime (causa rol 121-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Virginia Rivera Álvarez (presidenta), Pamela Silva Gaete (redactora) y Washington Jaña Tapia– aplicó, además, a Muñoz Tapia las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de $4.896.897, correspondientes al avalúo fiscal del vehículo receptado. 

“Que en el evento que el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa que le ha sido impuesta podrá imponérsele vía de sustitución y apremio la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, siempre que se cuente con su acuerdo. En caso contrario, por vía de sustitución y apremio, se le impondrá la de reclusión regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual, sin que ella pueda exceder de seis meses, lo que deberá ser resuelto en el tribunal de ejecución”, consigna el fallo.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 20:40 horas del 15 de junio de 2024, “(…) en la intersección de calle El Payador con calle Las Tórtolas, comuna de El Bosque, funcionarios de Carabineros sorprendieron a Harold Alexander Muñoz Tapia, junto a un segundo sujeto [*** declarado prófugo y con orden de detención vigente], a bordo de un vehículo marca Changan, placa patente única LRHS 57, el cual mantenía encargo vigente por el delito de robo con violencia de fecha 10 de junio de 2024.
Muñoz Tapia se encontraba ubicado en el asiento del conductor, manteniendo en su poder el vehículo anteriormente sustraído, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito. Al momento de la fiscalización y registro personal, se le encontró un cuchillo con empuñadura de aproximadamente 11,5 centímetros y una hoja de 7 centímetros, sujeto al cinto de su pantalón. Asimismo, al segundo ocupante, ubicado en el asiento del copiloto, se le incautó un cuchillo de aproximadamente 13 centímetros de empuñadura y 16 centímetros de hoja, el cual mantenía entre sus vestimentas”.

En la determinación de la pena y forma de cumplimiento a imponer a Muñoz Tapia, el tribunal tuvo presente: “Que el delito de receptación de vehículo motorizado a la fecha de comisión de los hechos se encuentra sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo y multa equivalente al valor de la tasación fiscal del vehículo (conforme modificación introducida por la ley 21.170 de fecha 26 de julio de 2019). Pues bien, teniendo presente que no concurren circunstancias atenuantes que considerar, el Tribunal, atento a lo dispuesto en el Nº1 del artículo 449 del Código Penal, aplicable al caso, aplicará la pena en su mínima expresión tal como se indicará en la parte resolutiva de la sentencia”.

“No reuniéndose en la especie los requisitos establecidos para la concurrencia de una pena sustitutiva conforme a la Ley N°18.216, y atendidos los antecedentes allegados por el persecutor, la pena a imponer deberá ser cumplida de manera efectiva. En este sentido, las circunstancias del caso, los elementos probatorios presentados no permiten la aplicación de una medida alternativa, siendo necesario asegurar el cumplimiento íntegro de la sanción como una forma de dar respuesta proporcional al hecho delictivo y garantizar los fines preventivos y retributivos del sistema penal”, concluye.

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