Sexto TOP de Santiago condena a penas de presidio efectivo a autores de robo con intimidación

14-julio-2025
En fallo unánime, el tribunal condenó a Michael Jesús Vera Iraira y Joshua Camilo Álvarez Cartagena a las penas de 10 años y un día y 5 años y un día de presidio efectivo, respectivamente, en calidad de autores del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en octubre de 2020, en la comuna de San Miguel.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Michael Jesús Vera Iraira a la pena de cumplimiento efectivo de 10 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en octubre de 2020, en la comuna de San Miguel.

En fallo unánime (causa rol 223-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Laura Torrealba Serrano (presidenta), Hernán García Mendoza (redactor) y Nelly Villegas Becerra– condenó al acusado Joshua Camilo Álvarez Cartagena a la pena de 5 años y un día de presidio y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como coautor del delito.
Asimismo, Álvarez Cartagena deberá purgar 3 años y un día de reclusión, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, más el pago de una multa a beneficio fiscal de 5 UTM, como autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado. Ilícito perpetrado el 30 de octubre de 2020, en la comuna de San Joaquín.

En la causa, el tribunal decretó la absolución por falta de acreditación, de Vera Iraira y Álvarez Cartagena de la acusación que les formuló el Ministerio Público, como autores de un segundo delito de robo con intimidación; y de Vera Iraira, como coautor del delito de receptación de vehículo motorizado.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 16 horas del 30 de octubre de 2020, “(…) en la intersección de José Joaquín Vallejos con Joaquín Prieto Vial, comuna de San Miguel, MICHAEL JESÚS VERA IRAIRA y JOSHUA CAMILO ÁLVAREZ CARTAGENA, encontrándose a bordo de una motocicleta, procedieron a abordar a la víctima de iniciales E.A.A.D. donde el imputado Vera Iraira utilizando un arma blanca intimidó a la víctima exigiéndole la entrega de sus especies de valor bajo amenaza de agredirla mediante una puñalada, procediendo ambos imputados a apropiarse de especies de propiedad del ofendido, consistentes en un celular marca Samsung, una mochila de color rojo, un polerón blanco con letras negras, para luego ambos imputados darse a la fuga con las especies en su poder”.

El segundo hecho acreditado se registró solo unos veinte minutos después en la intersección de calle Sierra Bella con la avenida Carlos Valdovinos de la comuna de San Joaquín, lugar donde “(…) ÁLVAREZ CARTAGENA fue sorprendido por personal de Carabineros en poder de la motocicleta, marca Yamaha modelo XTZ color rojo, P.P.U. ZS.0519, la cual iba conduciendo, móvil que no portaba sus placas patentes, conociendo o no pudiendo menos que conocer Álvarez Cartagena el origen ilícito de la misma, en atención a la carencia antes indicada y que tenía además un encargo vigente por el delito de robo con intimidación, número de encargo SEVB–202010-1970 de fecha 13 octubre, denuncia realizada en la 13ª. Comisaría de Carabineros, con fecha 13 de octubre de 2020, conforme a denuncia efectuada por la víctima Yerson Almeida Ardilla”.

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