La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rechazó la reclamación por la multa de 400 UTM, aplicada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud Metropolitana, a la empresa proveedor de materiales de construcción Patricio Lioi y Compañía Limitada, por su responsabilidad en la muerte de trabajador subcontratado. Accidente laboral registrado en febrero de 2019.
En fallo unánime (causa rol 358-2023), la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Juan Muñoz López, la ministra Andrea Soler Merino y la abogada (i) María Fernanda Vásquez Palma– descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago.
“Que en cuanto el recurso de apelación se dirige respecto del rechazo de las tachas, tales alegaciones han de ser desestimadas toda vez que si bien los testigos corresponden a trabajadores de la reclamante, los mismos son, además, quienes desarrollan labores de carácter gerencial en tal empresa, lo que da cuenta de tratarse de personas de exclusiva confianza y que están sometidas a estatuto legal distinto a los demás trabajadores de ella, lo que amerita acoger la tacha deducida a su respecto”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, en cuanto a las alegaciones de fondo, ellas también deben ser desestimadas toda vez que no se configura la infracción al principio ne bis in idem, ya que la sanción impuesta por la Dirección del Trabajo alude a deberes jurídicos distintos de aquellos que son materia del sumario sanitario y que dan origen a la multa de que se reclama ahora; y, habiéndose establecido la responsabilidad del reclamante en la investigación sanitaria, de conformidad a los artículos 171 y 174 del Código Sanitario, no resta sino aplicar la sanción respectiva, no siendo procedente disponer la rebaja de la multa solicitada, toda vez que no se configura ninguna de las alegaciones que sirven de fundamento de la reclamación”.
Por tanto, se resuelve que: “se confirma la sentencia apelada de diez de junio de dos mil veintidós, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol C-2560-2020”.