La Corte de Arica rechazó el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda de reivindicación de inmueble, presentado por el Serviu de la Región de Arica y Parinacota, y que le ordenó a la parte recurrente proceder a la restitución del bien raíz.
En fallo unánime (causa rol 187-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marco Antonio Flores Leyton, Juana Ríos Meza y el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas– descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Arica, que dio lugar a la demanda.
“Atendido el mérito de los antecedentes, en especial que los reproches que cimentan la contestación del demandado no guardan relación con la acción de dominio deducida en su contra, sino que con aspectos que atacan la validez de la Resolución Exenta N°0752 de 11 de junio de 2024 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que debieron hacerse valer oportunamente en sede administrativa, lo que no ocurrió, no siendo esta sede el cauce procesal idóneo para justificar las ausencias durante las fiscalizaciones o su falta de notificación, y reuniéndose todos los requisitos de la acción intentada, se CONFIRMA la sentencia apelada de veintiséis de marzo de dos mil veinticinco dictada en la causa C 2324-2024 del Segundo Juzgado de Letras”, consigna el fallo.
La sentencia de primera instancia ratificado estableció que el recurrido recibió el 3 de septiembre de 2021 un departamento del conjunto habitacional Vista Morro bajo la obligación de habitarlo por 5 años desde su entrega. Sin embargo, el Serviu realizó verificaciones de ocupación en seis ocasiones, constatando el incumplimiento por parte del recurrente.