TOP de Los Ángeles condena a 7 años de presidio a autor de abuso sexual de menor de 14 años

30-junio-2025
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Marisol Panes Viveros (presidenta), Kary Videla Beltrán y Josué Martínez Pinto (redactor)– dio por establecido que: “(…) desde el año 2011 y hasta antes del 18 de junio de 2017, en fechas indeterminadas, en las comunas de Los Ángeles y Mulchén, E.A.F.Z. procedió en forma reiterada a realizar actos de relevancia y significación sexual respecto de su nieta (…), quien a la época de ocurrencia era menor de 14 años”.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó hoy –lunes 30 de junio– a E.A.F.Z. a la pena única de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de menor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado entre 2011 y 2017, en las comunas de Mulchén y Los Ángeles.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Marisol Panes Viveros (presidenta), Kary Videla Beltrán y Josué Martínez Pinto (redactor)– dio por establecido, más allá de toda duda razonable que: “(…) desde el año 2011 y hasta antes del 18 de junio de 2017, en fechas indeterminadas, en las comunas de Los Ángeles y Mulchén, E.A.F.Z. procedió en forma reiterada a realizar actos de relevancia y significación sexual respecto de su nieta (…), quien a la época de ocurrencia era menor de 14 años”.

El tribunal aplicó, además, a E.A.F.Z. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

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