TOP de Rancagua condena a presidio perpetuo a autor de abuso sexual y violación reiterados de menor de edad

24-junio-2025
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a P.A.S.L. a la pena de cumplimiento efectivo de presidio perpetuo simple, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por su tiempo de vida del penado y cinco años de sujeción a la vigilancia de la autoridad, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual impropio y violación impropia. Ilícitos perpetrados entre 2019 y 2023, en la ciudad.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Felipe Cortés Ibacache (presidente), Sergio Allende Cabeza y Fadua Salas Eljatib (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que la víctima fue abusada y violada desde los 8 años de edad por P.A.S.L. agresiones que se registraron “durante el tiempo que duró la pandemia hasta el mes de noviembre de 2023, tanto en diversos lugares dentro de la casa que pertenecía a sus abuelos maternos como en un vehículo. Para ello el hechor aprovechaba de manera reiterada la ausencia de la madre por razones de estudio o la confianza de la familia”.

El tribunal aplicó, además, al condenado las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para desempeñar cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, y la prohibición de aproximarse a la víctima o de comunicarse con ella por cualquier medio, por el mismo lapso de condena principal.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.