El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Juan Carlos Díaz Álvarez a la pena de cumplimiento efectivo de 10 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de robo con retención. Ilícito perpetrado en enero del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 52-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Paulina Bossy Chaparro (presidenta), David Gómez Palma y María Esperanza Franichevic’ Pedrals (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, alrededor de las 18 horas del 10 de febrero de 2024, “(…) Juan Carlos Díaz Álvarez, Jonathan Efraín Rivera Millán (con orden de detención vigente) y Madelaine Constanza Pérez Casanova (condenada previamente), junto a otros dos sujetos desconocidos, abordaron a la víctima de iniciales J.A.E.O., quien practicaba ciclismo por calle República; los imputados se acercaron a la víctima, lo golpearon con un palo en la cabeza y le quitaron su bicicleta acto seguido, contra su voluntad lo trasladaron hacia un ruco que se encontraba en Calle República de Chile con calle Manuel Montt, donde le amarraron las manos, cuello y pies con sogas, para luego amarrarlo a una reja de fierro, golpeándolo con pies y puños constantemente generando que la víctima perdiera el conocimiento por algunos momentos”.
“Posteriormente, cuando despertó, la imputada Madeline Pérez comenzó a golpearlo y con un cuchillo lo apuñaló en su brazo izquierdo, además de realizar varios cortes en el cuerpo de la víctima. El imputado Jonathan Rivera Millán golpeó y apretó las orejas de la víctima con un alicate y además procedió a orinarlo. El imputado Juan Carlos Díaz golpeó con un palo a la víctima para retenerlo, la que quedó por varias horas en el lugar, hasta que logró cortarse las amarras y escapar, para posteriormente denunciar el hecho a Carabineros”, detalla la resolución.
“En la audiencia de juicio, J.A.E.O. describió lo que cada una de estas personas hizo con sumo detalle y, en particular, esta persona más joven (el imputado) fue la que lo agredió con un palo en la cabeza y en el brazo para poder retenerlo cuando intentaba escapar de sus captores; de esa forma los delincuentes pudieron reducirlo y lo amarraron a la reja coartando completamente sus posibilidades de huir, quedando expuesto a los golpes, cortes y vejámenes que siguieron contra su persona durante todo el tiempo que estuvo retenido”, consigna el fallo.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.