La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $300.000.000 el monto total de las indemnizaciones que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a siete víctimas de detenciones ilegales y torturas. Ilícitos cometidos por agentes del Estado, en diversos periodos entre 1973 y 1985, en las comunas de Santiago, Temuco, Valdivia y Puente Alto.
En fallo unánime (causa rol 13.422-2024), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Alejandro Rivera, la ministra Sandra Araya y la abogada (i) Magaly Correa– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 19° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reducen prudencialmente los montos resarcitorios en proporción al daño acreditado.
“Que, ahora bien, es claro que las circunstancias de detención y apremios son distintas en cada uno de los demandantes, razón por la que, para establecer el monto, ha de estarse a las circunstancias particulares sufridas por cada uno de ellos”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, en la determinación del monto, se debe tener en consideración, las sumas que han sido ordenadas en casos similares, considerando, especialmente, que la naturaleza del daño alegado determina que cualquiera sea la suma que se ordene pagar, esta indemnización solo tendrá un carácter compensatorio, puesto que ninguna cifra que se ordene pagar puede hacer desaparecer el daño alegado”.
“Asimismo, se debe considerar que la indemnización de perjuicios en nuestra legislación no tiene un carácter punitivo, por lo que, las circunstancias en las que se desarrollan los hechos, no pueden permitir elevar la suma indemnizatoria, pues es el daño, el que debe ser reparado”, aclara.
Por tanto, se resuelve:
“I.- Que se rechaza el recurso de casación en la forma.
II.- Se revoca la sentencia de quince de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, sólo en cuanto condenó en costas al Fisco de Chile y, en su lugar, se le exime de dicha carga, por haber tenido motivo plausible para litigar.
III.- Se confirma, en lo demás apelado la referida sentencia, con declaración, que el monto de indemnización de perjuicios que el demandado deberá pagar a los actores, son los siguientes:
1. Dennis Roger Cáceres Valenzuela, $30.000.000 (treinta millones de pesos);
2. Elena Ester Toro Saldivia, $70.000.000 (setenta millones de pesos);
3. Francisco José Huenante Rocha, $40.000.000 (cuarenta millones de pesos);
4. Alex Julio Hennings Cepeda, $30.000.000 (treinta millones de pesos);
5. Myriam Delia Cuevas Montecinos, $30.000.000 (treinta millones de pesos);
6. Pablo Lautaro Vásquez Salazar, $70.000.000 (setenta millones de pesos);
7. Julio Osvaldo Rivera Fuentes, $30.000.000 (treinta millones de pesos).
IV.- Las sumas antes indicadas serán reajustadas en la forma establecida en el fallo en alzada y devengarán intereses desde que el deudor sea constituido en mora”.