Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley que aumenta penas a menores infractores de ley

30-mayo-2025
“Que el proyecto de ley en análisis propone endurecer el sistema de justicia juvenil mediante el aumento de penas, la modificación del régimen de reincidencia y la creación de un nuevo delito aplicable a padres o tutores”.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el lunes 26 de mayo recién pasado– analizó el proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de aumentar las penas aplicables a los adolescentes infractores de ley y tipificar como delito el abandono injustificado del padre o madre de su hijo menor de edad, en los términos que indica”. Informe que fue remitido a la presidencia del Senado, al día siguiente.

“Que el proyecto de ley en análisis propone endurecer el sistema de justicia juvenil mediante el aumento de penas, la modificación del régimen de reincidencia y la creación de un nuevo delito aplicable a padres o tutores”, plantea el informe.

“En primer lugar, modifica disposiciones de la Ley N°20.084 que aún no han sido plenamente implementadas en todo el país tras la reciente reforma introducida por la Ley N°21.527, generando una superposición normativa que podría dificultar la aplicación de las leyes”, advierte el pleno de ministros.

Asimismo, para la Corte Suprema: “Respecto del mandato al juez de requerir de oficio antecedentes penales del adolescente, la propuesta mejoraría si apostara mandatar al juez considerar la información sobre sanciones que contiene el expediente único de ejecución, evitando una duplicación innecesaria de esfuerzos”.

“Sobre la modificación de las reglas de determinación de la pena del artículo 23 de la Ley N°20.084, que establece que tratándose de una serie de delitos graves ‘solo podrá aplicarse la pena de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social’, se hace presente que esta decisión, de endurecer la pena ya no en base a la entidad de la pena sino en base a una agrupación ad hoc de los delitos (‘de mayor gravedad’), podría introducir inconsistencias en el sistema punitivo, precisamente en términos de proporcionalidad, que es el criterio que la propuesta invoca para ser promovida”, releva.

“Por otra parte, es importante mencionar que una propuesta de este tipo, para no ser contraproducente, debe ir acompañada de un robustecimiento de los programas de reinserción social que acompañan la privación de libertad de la sanción que se impone a adolescentes”, añade.

“Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en la norma constitucional citada, se acuerda informar en los términos antes expuestos el referido proyecto de ley”, concluye.
Ver informe (PDF)