La Corte de Puerto Montt rechazó hoy –miércoles 28 de mayo– el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y el municipio, en contra de la resolución que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva por el arresto domiciliario total del ex alcalde de la comuna Gervoy Amador Paredes Rojas, imputado como autor de los delitos consumados de incremento patrimonial injustificado de funcionario público, cohecho, lavado de activos y fraude al fisco. Ilícitos perpetrados entre 2012 y 2023.
En fallo unánime (causa rol 584-2025), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Patricio Rondini Fernández-Dávila, Moisés Montiel Torres y el abogado (i) Darío Parra Sepúlveda– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt.
“Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, cuestión que en todo caso no fue objeto de cuestionamiento por parte de los intervinientes”, consigna el fallo.
La resolución agrega: “Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, los antecedentes de arraigo social, familiar y de salud del imputado, además de la circunstancia de encontrarse en prisión preventiva desde el mes de octubre del año 2024, difuminan el peligro de fuga y para la seguridad para la sociedad, los que pueden ser resguardos a través de medidas cautelares menos gravosas, como las decretadas por el Tribunal a quo en esta causa”.
“Asimismo, no se han referido diligencias precisas de investigación que se encuentren pendientes en las que el imputado pueda interferir, considerando además que ya no detenta el cargo de alcalde de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt y con ello poder de influencia en los elementos de prueba”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “se confirma la resolución en alzada de fecha veintitrés de mayo del año en curso, dictada por don Rolando Díaz Coloma, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que dispuso las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de comunicarse con los coimputados, respecto del imputado Gervoy Amador Paredes Rojas”.