El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por doña Pamela Cecilia Oliveira Vidal, quien prestó servicios desde septiembre de 2011 hasta abril de 2024 en la cadena de supermercados, desempeñando el cargo de tesorera/supervisora.
En el fallo (RIT O-4922-2024), el juez Ricardo Araya Pérez concluyó que la parte demandada no logró acreditar suficientemente los hechos invocados como causal de despido por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, conforme al artículo 160 Nº 7 del Código del Trabajo.
“El informe de incidente carece de firma, autor identificado o respaldo probatorio, y no fue ratificado en juicio; las evaluaciones de desempeño no contienen antecedentes negativos relevantes; la descripción de cargo no establece la capacitación a personal externo como deber contractual esencial ni ineludible”, señala el fallo. Además, la supuesta grabación del incidente, mencionada como prueba clave en la carta de despido, no fue aportada al juicio.
Respecto a la prueba testimonial, el tribunal consideró que “carece de valor concluyente”, dado que ambas testigos de la empresa declararon no haber presenciado los hechos directamente, sino que tomaron conocimiento por referencia de terceros.
Por ello, el tribunal concluyó que “no se ha acreditado la efectividad de los hechos descritos en la carta de despido, ni la existencia de un incumplimiento contractual grave por parte de la trabajadora”.
En consecuencia, se ordenó a la empresa pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo ($831.498), la indemnización por años de servicio ($9.146.478), con un recargo legal del 80% sobre esta última, más reajustes e intereses conforme a derecho, y se le condenó al pago de las costas del juicio, las que se fijaron en $1.000.000.