La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $20.000.000 por concepto de daño moral, a Rubén Eugenio Segundo Monsalve Lagos, dibujante técnico que fue detenido en la mañana del 11 de septiembre de 1973 y torturado en Subcomisaría de Carabineros de La Granja, Regimiento Tacna, Estadio Chile y Estadio Nacional.
En fallo unánime (causa rol 15.742-2024), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Alejandro Rivera y las ministras Sandra Araya y Paola Díaz– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el 24º Juzgado Civil de Santiago.
“Que, la suma fijada a pagar por la demandada lo será con reajustes, como efecto de corrección de la desvalorización monetaria, ello más los intereses en caso de retardo, tal como lo reconoce la sentencia”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, en cuanto a la forma de cálculo de los intereses, en atención al deber de resarcir todo retardo en el cumplimiento de una obligación cierta y líquida o liquidable, estos solo se generan desde que se incurra en retardo por parte del deudor en el pago de la misma establecida que fue por sentencia firme y ejecutoriada, correspondiendo a los corrientes para operaciones reajustables desde que el demandando sea constituido en mora, lo que así se declarará en lo dispositivo de esta sentencia, ello conforme la competencia expresa precisada al inicio de la presente resolución”.
“Que, por último, en cuanto a lo consultado, por estimarse ajustada a derecho en lo que a dicho trámite respecta la sentencia definitiva, esta será aprobada”, concluye.