La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó, con costas, a la Sociedad Comercial e Inversiones La Pascuense Limitada a pagar una multa de 22,8115 UTM por la tenencia y elaboración de 1.061 kilogramos de merluza común (merluccius gayi), sin acreditar origen legal.
En fallo unánime (causa rol 3.485-2025), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Inelie Durán, Paula Rodríguez y el abogado (i) Manuel Luna– descartó error en la sentencia impugnada, 13° Juzgado Civil de Santiago, que además decretó el comiso de los recursos hidrobiológicos incautados.
“Atendido el mérito de los antecedentes, es dable señalar que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten”, consigna el fallo.
“Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, dictada en los autos rol N°C-7420-2023, seguidos ante el 13° Juzgado Civil de Santiago”, concluye.