Corte Suprema anula fallo que condenó a acusada suplantada por una prima

12-mayo-2025
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal anuló la condena y ordenó eliminar los antecedentes penales de la suplantada.

La Corte Suprema acogió la solicitud de revisión impetrada por el Ministerio Público y, en sentencia de reemplazo, declaró la absolución de condenada por robo con intimidación, cuya identidad fue suplantada.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra Mireya López, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Juan Carlos Ferrada– anuló la condena y ordenó eliminar los antecedentes penales de la suplantada.

“Que, en consideración a lo anterior fluye que los elementos en que se ha fundado la presente acción de revisión, constituyen hechos nuevos, desconocidos durante el pleito, que se descubrieron con posterioridad al pronunciamiento condenatorio, medios todos que son bastantes para comprobar la inocencia de (…), pues aparece demostrado con las probanzas referidas, que en la causa del Juzgado de Garantía de Parral con fecha 27 de mayo de 2022 que condenó a (…) como autora de robo con intimidación hecho ocurrido el 24 de febrero de 2022, su identidad fue suplantada, en efecto con posterioridad a la ejecutoriedad de dicho fallo, se determinó que en la referida causa, la imputada (…), con fecha 24 de febrero de 2022, utilizó la identidad de su prima (…), usurpada ante Carabineros y ante tribunales al momento de identificarse”, releva el fallo.

La resolución agrega: “Que, en atención a lo antes relacionado, y teniendo en vista que la acción de revisión ha sido consagrada por el legislador para obtener la invalidación de una decisión firme o ejecutoriada y lograr con ello que la justicia prime por sobre la seguridad jurídica configurada por la cosa juzgada, esta Corte ha llegado a la convicción que (…) no es responsable de los cargos formulados en su contra, en calidad de autora del delito de robo con intimidación, por el que fue sancionada por el Juzgado de Garantía de Parral, con fecha 27 de mayo de 20222, que recayó en la causa RUC (…), RIT (…), por lo que procederá a anular dicho edicto y extender el correspondiente de reemplazo, en cumplimiento a lo prevenido en el inciso 2° del referido artículo 478 del Código Procesal Penal”.

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