Salida de bancos: 5° TOP dicta veredicto condenatorio por robos con resultado de muerte y lesiones

07-mayo-2025
En resolución unánime, el tribunal condenó a los integrantes de una agrupación delictual orientada a la comisión de delitos de robos con intimidación y violencia, en la modalidad de “salida de bancos”, con resultado de muerte y lesiones de algunas de las víctimas; además de homicidio frustrado de carabinero en servicio, entre otros. Ilícitos perpetrados en diversas comunas de la Región Metropolitana, entre diciembre de 2020 y septiembre de 2021.

El Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a los integrantes de una agrupación delictual orientada a la comisión de delitos de robos con intimidación y violencia, en la modalidad de “salida de bancos”, con resultado de muerte y lesiones de algunas de las víctimas; además de homicidio frustrado de carabinero en servicio, entre otros. Ilícitos perpetrados en diversas comunas de la Región Metropolitana, entre diciembre de 2020 y septiembre de 2021.

En resolución unánime (causa rol 125-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Andrea Coppa Hermosilla (presidenta), Pablo Urrutia Sulantay (redactor) y Jessica Beltrand Montenegro– tras la deliberación de rigor, dio por acreditados, más allá de toda duda razonable y en lo medular, los hechos materia de la acusación, con la excepción de los signados con los números 5 y 6 del auto de apertura.

“Este tribunal, en primer término, ha podido tener por establecida la existencia de una agrupación en los términos expuestos en la acusación, en las que le cupo participación en lo pertinente, y en las ocasiones que se señalarán, a los nueve acusados de esta causa, en ejercicio de diversos roles, todos previamente determinados y afines u orientados a la realización de delitos de robos con intimidación y violencia, en la modalidad salida de banco”, consigna el acta de deliberación.

Para el tribunal, en la causa: “Se pudo establecer una dinámica y forma de organizarse, necesariamente colectiva, que se reiteró en los ilícitos contenidos en los cuatro primeros hechos de la acusación y que es acorde a la planteada por los acusadores, existiendo principalmente dos sacadoras o marcadoras que participaron en los 4 ilícitos referidos, que elegían a las víctimas en distintas sucursales bancarias, comunicándoselo al resto del grupo; la utilización en todos ellos de dos vehículos –con sus respectivos conductores– que, además de trasladar a las marcadoras y al resto del grupo, participaban luego en el seguimiento de las víctimas y su posterior acometimiento, con el uso de armas de fuego, hasta lograr la sustracción de los dineros que las víctimas habían retirado en sus respectivas diligencias bancarias”.

“El establecimiento de dicho grupo y del referido modus operandi, se funda en el análisis concatenado de los medios de prueba que se fueron incorporando en audiencia por testimonios, ya sea de víctimas, testigos civiles, peritos y particularmente por oficiales policiales que tomaron parte en las distintas diligencias investigativas, relevándose que en ella trabajaron diversas unidades policiales como la BICRIM Independencia, Brigadas de Robo Sur y Occidente, el grupo especial REPOME [***unidad de élite de Carabineros, especializada en enfrentar casos de alta complejidad y riesgo], las que si bien fueron expuestas sistematizadamente en audiencia por el inspector Felipe Abarza, fueron refrendadas y explicadas por los propios agentes de estas unidades, además de funcionarios de Carabineros, quienes concurrieron a dar cuenta de las diligencias por ellos efectuadas”, añade el dictamen.

“Resulta relevante para este tribunal, que si bien la propia forma de operar de este grupo –casi idéntica en los cuatro hechos conocidos en este juicio–, y los roles específicos que a cada uno de sus miembros debió desempeñar, ya denota un alto grado de concierto y planificación; también existen interceptaciones telefónicas y declaraciones que dan cuenta de esta planificación previa, principalmente en la comuna de Lo Espejo, sector en que también se acreditó, era en el que se reunían luego de cometer los ilícitos. La relevancia de tener por establecido este concierto y planificación previa dice relación con la atribución de responsabilidad que se realizará respecto de cada uno de los imputados, ya sea en los delitos de robo con violencia e intimidación, como en el ilícito de robo con homicidio, como se dirá”, añade el acta. 

“Cabe señalar, por otra parte, que la existencia de estos cuatro ilícitos; y en su caso, los resultados de muerte y lesiones de algunas de las víctimas, si bien no fueron materia de discusión, quedaron suficientemente anclados por la actividad probatoria del persecutor”, releva.

Condenados
Sobre los asertos precedentes, el tribunal resolvió condenar a:
-Marco Antonio Morales Astete, en calidad de autor del delito consumado de robo con homicidio, cometido en la comuna de Maipú, el 8 de marzo de 2021; como autor de tres delitos de robo con violencia e intimidación cometidos en las comunas de Cerrillos y Maipú el 15 de diciembre de 2020 y 12 y 16 de febrero de 2021, y por posesión o tenencia ilegal de arma de fuego, cometido en la comuna de La Cisterna, el 15 de septiembre de 2021.

-Alejandro Humberto Huerta Salinas, en calidad de autor del delito de homicidio frustrado de funcionario de Carabineros de servicio, cometido en la comuna de Maipú el 15 de diciembre de 2020; como autor de los delitos de robo con violencia e intimidación y porte de arma prohibida, perpetrados en la comuna de Maipú, el 15 de diciembre de 2020.

-Jonathan Elizardo Díaz Gaete, como autor del delito de robo con homicidio, cometido el 8 de marzo de 2021, en Maipú; y como autor de tres delitos de robo con violencia e intimidación, ejecutados en las comunas de Cerrillos y Maipú, el 15 de diciembre de 2020 y 12 y 16 de febrero de 2021.

-En el caso de las “marcadoras” Jenniffer Dorett Morales Astete y Paola Elizabeth Salinas Quevedo, el tribunal las condenó en calidad de autoras del delito de robo con homicidio, cometido en la comuna de Maipú, en marzo de 2021; y como autoras de tres delitos de robo con violencia e intimidación, cometidos en Cerrillos y Maipú, en diciembre de 2020 y febrero de 2021.

-El acusado Guillermo Antonio Cuevas Aravena quedó condenado como autor del delito de robo con homicidio, cometido en Maipú, en marzo de 2021; y como autor de dos delitos de robo con violencia e intimidación, cometido en las comunas de Maipú y Puente Alto, el 15 de diciembre de 2020 y 12 de febrero de 2021, respectivamente.

-El procesado Carlos Patricio Silva Olivares deberá responder, como autor, por el delito de robo con homicidio, cometido en Maipú, el 8 de marzo de 2021; y como autor de dos delitos de robo con violencia e intimidación, cometido en Puente Alto y Maipú, el 12 y 16 de febrero de 2021, respectivamente.

-Asimismo, el tribunal dictó veredicto condenatorio contra el acusado Jeremy Alexander Carrasco Aránguiz, en calidad de autor del delito de robo con homicidio, cometido en Maipú, el 8 de marzo de 2021; y como autor del delito de robo con violencia e intimidación, perpetrado en Puente Alto, el 12 de febrero de 2021.

-Finalmente, Víctor Hugo Morales Astete resultó condenado como autor del delito de robo con violencia e intimidación, perpetrado en la comuna de Maipú, el 15 de diciembre de 2020. 

La audiencia de comunicación de sentencia –que será redactada por el juez Urrutia Sulantay– quedó programada para las 13:30 horas del próximo miércoles 28 de mayo de 2025.

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