TOP de Arica condena a 5 años y un día de presidio efectivo a autor de tráfico de drogas en unidad penal

06-mayo-2025
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Eric Maximiliano Gaete Morales a la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en febrero de 2023, en el Complejo Penitenciario de Acha.

En fallo unánime (causa rol 73-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Gabriel Ormeño Valdebenito (presidente), Karina Guajardo Pacheco (redactora) y Salvador Garrido Aranela– aplicó, además, a Gaete Morales las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de una multa de 10 UTM.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 15:10 horas del 7 de febrero de 2023, “al interior del Complejo Penitenciario de Arica, ubicado en la Ruta 5 Norte, km 2063, cuesta de Acha s/n, de esta ciudad; en circunstancias que personal de Gendarmería de Chile le realizó un registro corporal selectivo al imputado Eric Maximiliano Gaete Morales, quien se encontraba privado de libertad en el módulo E-4, fue sorprendido portando ocultos en una bolsa, un envoltorio de nylon transparente contenedor de cannabis, el que arrojó un peso bruto de 14,30 gramos, un peso neto de 12,80 gramos y un porcentaje de pureza del 100%; como asimismo, tres envoltorios de nylon transparente contenedores de cocaína base, los que arrojaron un peso bruto de 216,00 gramos, un peso neto de 210,00 gramos y un porcentaje de pureza entre un 59% y un 61%; razón por la cual se procedió a su incautación y, posterior, apercibimiento en conformidad al art. 26 del Código Procesal Penal del imputado”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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