La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución que condenó, con costas, a la Municipalidad de La Florida a pagar una indemnización total de $7.500.000 por concepto de daño moral, a dos niños que resultaron lesionados por la caída de poste del alumbrado público. Siniestro registrado en una plaza pública de la comuna, en diciembre de 2016.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Guillermo de la Barra, Fernando Valderrama y el abogado (i) Manuel Luna– descartó infracción en la sentencia impugnada.
“Atendido el mérito de los antecedentes, es dable señalar que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten”, sostiene el fallo.
“Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva apelada de treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, dictada por el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-4911-2017”, añade.
El fallo de primer grado ratificado dio por establecido: “Que, de los elementos individualizados en el motivo undécimo y duodécimo, como de los testimonios consignados en el motivo décimo tercero, se desprende inequívocamente que los menores a consecuencias directa del desplome del poste de alumbrado público ocurrido la noche del día 27 de diciembre de 2016 en la plaza de la comuna de La Florida, sufrieron lesiones de diversa naturaleza y magnitud, en el caso del menor (…), lesiones leves y en el caso de la menor (…), lesiones de mediana gravedad, y que dicho evento traumático ocasionó secuelas psicológicas que permanecieron al menos hasta inicios del año 2018 en que emite su informe la psicóloga que emite los informes agregados a estos autos y que presta testimonio en la presente causa”.
“Que, en consecuencia cabe tener por establecido que los menores víctimas del desplome del poste del alumbrado público acaecido en una plaza de la comuna de La Florida (…), sufrieron perjuicios en su integridad física y psicológica, provocando un sufrimiento, dolor, temor y menoscabo a raíz de las circunstancias descritas en los motivos precedentes, irrogándose perjuicios por daño moral a los menores, por lo que resulta procedente dándose los supuestos atributivos de responsabilidad en la especie, acoger la pretensión indemnizatoria en el libelo de folio, regulándose los mismos a la luz de los sufrimientos experimentados, la angustia ocasionada, magnitud y naturaleza de los mismos, debiendo tener presente a este respecto que las lesiones experimentadas por la menor (…), se tradujeron en un dolor constante por varios días, en pérdida de movilidad de su extremidad superior izquierda, impidiéndole por largas semanas de verano las actividades propias de una menor de 8 años, y a mayor abundamiento tratándose de hechos, que como se ha acreditado, produjeron e alteraciones en su estado emocional y psíquico, requiriendo tratamiento clínico profesional para ir superando las consecuencias del mismo, tratamiento que según da cuenta la profesional al declarar en la causa, avanzaba en forma paulatina en el año 2018 pero con algunos retrocesos en su sintomatología”, detalla el fallo de base.
“Es así, que menester resulta acoger la pretensión de indemnización de perjuicios por daño moral solo en cuanto se determina que la indemnización de perjuicios que deberá pagar la Ilustre Municipalidad de La Florida al menor (…) en la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos) y a la menor (…) en la suma de $4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos), ambos debidamente representados por sus padres”, concluye.