El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete condenó hoy –martes 29 de abril– a Esteban Eugenio Carrera Zúñiga a la pena de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos de homicidio simple consumado y homicidio simple frustrado. Ilícitos perpetrados en diciembre de 2019, en la comuna de Contulmo.
En fallo unánime (causa rol 49-2024), el tribunal –integrado por los magistrados David Pastén Ahumada (presidente), Ricardo Piña Vallejos y Carolina Meza Saldía (redactora)– aplicó, además, a Carrera Zúñiga las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, Carrera Zúñiga deberá cumplir 61 días de presidio, como autor del delito de lesiones menos graves.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 15 horas del 28 de diciembre de 2019, un grupo de 10 a 15 personas, llegó portando elementos contundentes (chuecas) hasta el camping “Playa Blanca”, ubicado en el sector del valle Elicura, en la comuna de Contulmo, lugar donde enfrentaron a las víctimas Camilo Raimán Leviqueo y Juan Raimán Catricura, quienes se encontraban junto a terceros, a quienes dijeron que se tomarían el recinto.
Al día siguiente, en horas de la mañana, desconocidos cortaron el camino de acceso al camping, levantaron barricadas y provocaron. Más tarde, entre las 19:30 y las 20 horas del 29 de diciembre de 2019, un grupo conformado por unos 20 individuos (entre ellos Esteban Carrera Zúñiga) llegó hasta las afueras del camping “Playa Blanca”, portando palos, chuecas, machetes y armas de fuego, elementos con los que ingresaron al predio.
Al interior del camping, a la altura de la caseta de acceso, Eleodoro Raimán Coñuel y sus nietos Juan Manuel y Camilo Enrique Raimán Leviqueo, salieron al encuentro de los intrusos, quienes hicieron disparos al aire, se abalanzaron sobre ellos y les propinaron una golpiza. Juan Manuel Raimán Catricura y Darío Nicolás Coilla Pérez intentaron intervenir, pero fueron también agredidos.
En dicho contexto, Eleodoro Raimán Coñuel logró ponerse de pie, pero fue golpeado con una chueca en la cabeza por Esteban Enrique Huichacura Leviqueo, volviendo a caer al suelo, donde fue agredido por los integrantes del grupo –entre ellos por Carrera Zúñiga– principalmente, en el cráneo, resultando con una contusión cerebral hemorrágica, entre otras lesiones, que le causó la muerte por un traumatismo cráneo encefálico.
En tanto, Juan Manuel Raimán Leviqueo resultó con un traumatismo intracraneal grave, pero logró sobrevivir al recibir atención médica oportuna en el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción.
Finalmente, Camilo Enrique Raimán Leviqueo resultó con lesiones de carácter menos grave.
“En este acto el grupo de personas que ingresa dentro de las cuales se encontraba el acusado Esteban Eugenio Carrera Zúñiga portaban armas de fuego, palos, hachas y otros elementos contundentes que impedían tanto a las víctimas defenderse como que otras personas se acercaran a hacerlo, lo que permitió que aquellos cometieran los hechos de forma de no tener impedimento actuando de manera segura llevándolo a cabo”, detalla la resolución.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.