El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Gabriel Giovanni Sánchez Ramírez a la pena de 541 días de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo por sorpresa. Ilícito cometido en la comuna de Recoleta, en diciembre de 2023.
En fallo unánime (causa rol 68-2025), el tribunal –constituido por las magistradas Alejandra Rodríguez Oro (presidenta), Denisse Ehrenfeld Ebbinghaus y Gloria Canales Abarca (redactora)– aplicó, además, a Sánchez Ramírez la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 10:40 horas del 5 de diciembre de 2023, “(…) Leonardo Oyarzún Oyarzún caminaba por avenida Recoleta, a la altura del número 2093, comuna de Recoleta, el acusado, Gabriel Sánchez Ramírez, quien se desplazaba por el lugar en una bicicleta, se acercó sorpresivamente a la víctima y le arrebató de las manos su teléfono celular, marca Motorola modelo E71 Power, dándose a la fuga con la especie en su poder”.
“Que estas sentenciadoras consideran que al acusado le asiste la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior, la cual se encuentra acreditada mediante el respectivo extracto de filiación y antecedentes, en el que no constan anotaciones penales previas. En consecuencia, considerando que el delito de robo por sorpresa se encuentra sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo, y que concurre una atenuante sin la presencia de circunstancias agravantes de responsabilidad penal, así como también que la especie sustraída fue recuperada, se aplicará la pena en su mínimo legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 449 N°1 del Código Penal”, consigna el fallo.
La resolución agrega que: “En cuanto a la forma de cumplimiento de la pena, y habiéndose celebrado la audiencia prevista en el artículo 34 de la Ley N°18.216, corresponde señalar que la defensa insistió en la solicitud de remisión condicional, mientras que el Ministerio Público modificó su pretensión inicial, oponiéndose a la aplicación de la medida de expulsión y solicitando, en cambio, el cumplimiento efectivo de la pena. Esta posición se fundamenta en que el acusado se encuentra privado de libertad desde el 27 de diciembre de 2023 por los delitos de incendio y extorsión, advirtiéndose además la dificultad material de ejecutar la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional, toda vez que ello podría entorpecer el desarrollo de la causa pendiente por dichos ilícitos”.
Para el tribunal: “En este escenario, teniendo en consideración que con fecha 24 de agosto de 2023 venció la visa migratoria temporaria, según da cuenta el informe del Servicio Nacional de Migraciones, a juicio de estas sentenciadoras, no resulta procedente conceder al condenado Gabriel Giovanni Sánchez Ramírez una pena sustitutiva, toda vez que no ha acreditado elementos de arraigo en el país, como vínculos familiares, laborales o sociales estables, ni ha acompañado antecedentes que permitan valorar positivamente su conducta anterior o su integración en la comunidad”.
“Asimismo, no corresponde decretar su expulsión del territorio nacional como forma de cumplimiento de la pena, en razón de que mantiene causas penales pendientes en Chile que requieren su presencia para efectos procesales. En este contexto, y no existiendo fundamentos que justifiquen una medida alternativa, solo cabe disponer el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad impuesta”, ordena.
“Esta decisión, por lo demás, no vulnera el principio de presunción de inocencia, toda vez que no se está anticipando responsabilidad penal respecto de las causas pendientes, sino que se atiende exclusivamente a su existencia formal y a las exigencias procesales que derivan de ellas, las que impiden su expulsión sin menoscabar el debido proceso”, concluye.