Juzgado de Garantía de Coquimbo ordena la prisión preventiva de imputados por comercio ilícito de cobre

21-abril-2025
El Juzgado de Garantía de Coquimbo dejó hoy –lunes 21 de abril– sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad a F.E.S.M.A. imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de receptación reiterada y delitos tributarios y aduaneros. Ilícitos perpetrados desde el 2014.

 

El Juzgado de Garantía de Coquimbo dejó hoy –lunes 21 de abril– sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad a F.E.S.M.A. imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de receptación reiterada y delitos tributarios y aduaneros. Ilícitos perpetrados desde el 2014.


Además, durante la formalización -que comenzó el pasado martes 15 de abril-, el magistrado Felipe Pizarro Avalos decretó la prisión preventiva por peligro de fuga con una caución (fianza) de $7 millones a 13 imputados por el delito de receptación reiterada.

Al resolver, el magistrado Pizarro sostuvo que: “Reglón aparte merece la formulación de cargos diversos de los relacionados respecto al imputado F.E.S.M.A. que desde los inicios de la investigación, la cual fuere gatillado por el mismo al observarse en sus dependencias los objetos investigativos, se avizora la forma de operar que aquel mantenía en su establecimiento comercial de larga data en lo concerniente a las infracciones tributarias, siendo el representante legal de la empresa familiar que regenta por a lo menos 20 años, la cual fue objeto de seguidos procedimientos de fiscalización, arrojando inconsistencias en las declaraciones tanto de los formularios 29 y 31 por parte del Servicio de Impuestos Internos, percibiendo por ello devoluciones improcedentes. A lo anterior se suma la emisión de facturas calificadas de falsa por el organismo técnico respectivo”.

“Que -añade- en cuanto a la necesidad de cautela, dado el número de delitos que se le han atribuido, el carácter y naturaleza de los mismos, los cuales atentan contra la sociedad toda al afectar tanto al erario público como a la fe pública y la libre circulación de los bienes en los sistemas y subsistemas del mercado de venta de minerales, contando con una condena previa por delito de la misma especie, es que en este estadio procesal no sería acreedor de una de las penas sustitutivas por lo cual la propuesta de la defensa se torna insuficiente al configurarse los criterios peligrosistas antes referidos, entendiendo que la libertad del imputado se torna en peligroso para la seguridad de la sociedad ”, añadió.

En cuanto al resto de los imputados el magistrado sostiene que: “Por lo cual, velando con los principios de necesidad y proporcionalidad y teniendo presente que los enjuiciados no cuentan con anotaciones por causas anteriores y manteniendo arraigo social y familiar en sus localidades de origen, según fuere informado por sus representantes judiciales y atendiendo que la gravedad de la pena asignada al delito único como criterio peligrosista concurrente no es suficiente para estimar que sus libertades constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad, sino que solo deben situarse en la hipótesis de abstraerse de la acción de la justicia y por ende, en el peligro de fuga”, enfatizó.

Según el ente persecutor, a lo menos desde el 2014 los imputados conformaron una asociación criminal dedicada al comercio ilícito de cobre y chatarra, la cual provenía de distintas sustracciones, hurtos y robos perpetrados por terceras personas desde distintos lugares del norte del país, como faenas mineras, parques eólicos de energía, suministros de redes eléctricas y medios de transporte como camiones y ferrocarriles.

Los delitos incluyen asociación criminal, receptación, delitos tributarios, fraude aduanero, contrabando y lavado de activos. La organización operaba desde 2014 y generaba ganancias ilícitas mediante la compra, transporte, transformación y exportación de cobre robado, utilizando documentación falsa y maniobras para ocultar el origen ilícito de los bienes.

El líder de la organización F.E.S.M.A. dirigía las operaciones desde Coquimbo, utilizando empresas de fachada y testaferros, mientras que los demás imputados desempeñaban roles específicos como proveedores, transportistas, receptores y testaferros.


Mientras, otros 3 sujetos imputados como autores de los delitos de asociación criminal y lavado de activos se les impuso las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y firma quincenal. Además, se fijó en 90 días el plazo de investigación.