TOP de Concepción condena a 12 años de presidio efectivo a autor de homicidio de carabinero en servicio

28-marzo-2025
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En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas María Paulina García Soto (presidenta), Michele Bascur Postel y Antonia Flores Rubilar (redactora)– condenó, además, Bonilla Brito a la pena de 3 años y un día de reclusión efectiva y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de maltrato de obra a carabinero causando lesiones graves.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó hoy –viernes 28 de marzo– a Jhoyner Enrique Bonilla Brito a la pena de 12 años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de homicidio a carabinero en el ejercicio de sus funciones. Ilícito perpetrado en marzo de 2023, en la comuna.

En fallo unánime (causa rol 225-2024), el tribunal –integrado por las magistradas María Paulina García Soto (presidenta), Michele Bascur Postel y Antonia Flores Rubilar (redactora)– condenó, además, Bonilla Brito a la pena de 3 años y un día de reclusión efectiva y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de maltrato de obra a carabinero causando lesiones graves.

Asimismo, el condenado deberá cumplir 61 días y 41 días de presidio y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, como autor de dos delitos consumados de maltrato de obra a carabinero, con resultado de lesiones menos graves y leves, respectivamente.

Finalmente, el ciudadano venezolano deberá purgar una segunda pena de 61 días de presidio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, la suspensión de licencia de conducir por el término de dos años y el pago de una multa de un tercio de UTM, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso del vehículo incautado en el procedimiento.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 05:50 horas del 12 de marzo de 2023, “(…) funcionarios de la Primera Comisaría de Carabineros de Concepción, actuando en el ejercicio de sus funciones, fiscalizaron a personas que se encontraban en la vía pública bebiendo alcohol y algunos con sus vehículos estacionados sobre la vereda en zona no autorizada en calle Prat esquina Freire de la comuna de Concepción. Asimismo, fiscalizaron un local que mantenía funcionamiento de venta de alcohol, en cuyo interior había a unas ciento cincuenta personas aproximadamente, generándose resistencia de algunas al procedimiento, quienes lanzaron botellas y objetos contundentes a los carabineros. En estas circunstancias, Bonilla Brito, quien se encontraba en el lugar, subió a su vehículo, que tenía estacionado en la vereda y lo condujo bajando a la calzada de la primera pista de circulación de avenida Prat en dirección norponiente, teniendo el propósito de atropellar a algunos de los funcionarios de Carabineros que se encontraban en ese momento practicando detenciones, aceleró hasta alcanzar los 45 kilómetros por hora y desvió su desplazamiento de forma intencional hacia la derecha, atropellando al sargento Moisés Zambrano Pérez, para luego iniciar un proceso de aceleración desviando nuevamente la trayectoria hacia la derecha, atropellando la zona posterior del cuerpo del cabo 1° David Antonio Bravo Higueras, para consecutivamente atropellar con el tercio derecho de la parte frontal del automóvil al cabo 1° Alex Onésimo Salazar Rodríguez y al cabo 2° Yordan Nicolás Mansilla Ojeda”.

A consecuencia del atropello el sargento Zambrano Pérez fue comprimido contra otro automóvil que permanecía estacionado en la vía, resultando con lesiones de carácter grave; el cabo Bravo Higueras cayó a la calzada, resultando con lesiones de carácter menos grave; el cabo 1° Salazar Rodríguez, debido a la fuerza del impacto y la notoria diferencia de masas respecto a la estructura del automóvil conducido por el condenado, cayó sobre el capó y parabrisas del automóvil y luego salió proyectado para caer sobre la calzada, resultando con traumatismo encéfalo craneano severo, entre otras lesiones, que le causaron la muerte el 14 de marzo de 2023.

Finalmente, el cabo 2° Yordan Nicolás Mansilla Ojeda impactado y proyectado en suspensión hasta chocar con un furgón de Carabineros estacionado, lo que le generó lesiones de carácter leve.

Tras los atropellos, Bonilla Brito se dio a la fuga, pero fue detenido minutos después. Sometido a la alcoholemia, dio como resultado que conducía en estado de ebriedad, con 1,52 gramos por mil de alcohol en la sangre.

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