El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Cristopher Esteban Sainz Beltrán a la pena de presidio perpetuo, en calidad de autor del delito consumado de femicidio. Ilícito cometido en septiembre de 2020, en la comuna de La Pintana.
En fallo unánime (causa rol 463-2024), el tribunal –constituido por los magistrados Paula de la Barra van Treek (presidenta), Gladys Villablanca Morales (redactora) y Washington Jaña Tapia– aplicó, además, a Sainz Beltrán las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por 5 años, en el evento de que recupere la libertad.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 5 de septiembre de 2020, “(…) en el interior del domicilio ubicado en calle Rosa Esther Nº02971, block C, departamento 112, comuna de La Pintana, Cristopher Esteban Sainz Beltrán se abalanzó sobre su conviviente, Camila Alejandra Díaz Álvarez, asfixiándola mediante sofocación, para acto seguido, enterrar en su región cervical, un objeto corto punzante, del tipo tijeras, provocándole una lesión de carácter penetrante consistente en herida corto punzante cervical, todo lo cual le causó la muerte por asfixia por sofocación manual asociada a traumatismo cervical con objeto corto punzante”.
Asimismo, el fallo consigna que: “En suma, el acusado no solo se limitó a sofocar y estrangular a su pareja, con tal entidad que la dejó incapacitada para realizar maniobras defensivas, ya en agonía, procedió a propinarle con unas tijeras una herida cortopunzante con tal energía que tuvo una trayectoria de 11,5 centímetros, que fue la causa inmediata de muerte y, ya estando fallecida, dejó encendida las llaves de gas de la cocina, poniendo en peligro ya no solo a la víctima sino que a todos los vecinos de los departamentos colindantes”.
“Con todo, el mayor grado de la culpabilidad del autor en el ilícito se fundamenta en la crueldad y brutalidad en la comisión de este en contra de su conviviente demostrando no solo un desprecio a su vida. Todo lo dicho resulta fundamento y justificación suficiente para imponer, proporcionalmente a la intensa reprochabilidad del injusto al acusado y la magnitud del daño generado por el delito, una pena de presidio perpetuo”, concluye.
Decisión acordada con la prevención de la magistrada Villablanca Morales, quien estuvo por imponer Sainz Beltrán la pena de 20 años de presidio, al tener por configuradas la circunstancia agravante de ejecutar el delito en contexto de violencia física o psicológica habitual y la morigerante de colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos.