Juzgado laboral acoge demanda por despido injustificado de ejecutiva de atención de clientes

11-marzo-2025
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado de trabajadora que se desempeñó, como ejecutiva de atención al cliente, en la sociedad Servicios de Comunicación Médica SA (Sercomed), filial de la Mutual de Seguridad.

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado de trabajadora que se desempeñó, como ejecutiva de atención al cliente, en la sociedad Servicios de Comunicación Médica SA (Sercomed), filial de la Mutual de Seguridad.

En el fallo (causa rol 4.618-2024), el juez Felipe García Riffo acogió la acción tras establecer que la demandada no justificó la causal de necesidades de la empresa en la comunicación de despido de la trabajadora y, como consecuencia, la condenó al pago de suma de $637.147 por concepto de recargo legal del 30%, sobre la indemnización por años de servicio.

“Que, así las cosas, la prueba de la parte demandada no alcanza para justificar las razones invocadas por la empresa para poner término el contrato de la actora por la causal de necesidades de la empresa, resultando insuficiente la prueba rendida en este aspecto, pues si bien, se puede dar cuenta del término de un proyecto, la demandada no acompañó prueba suficiente que dé cuenta de la situación económica de la empresa, que dé cuenta de las bajas en ingresos, de la baja en la facturación que indica haber sufrido, y que justifiquen la racionalización de recursos, como por ejemplo, pudo haber sido el estado de resultados de ejercicios comerciales de la empresa u otro documento que devele la real situación de la empresa y que justifiquen la decisión adoptada para la continuidad de la trabajadora”, plantea el fallo.

“Que, así las cosas, no es posible dar por acreditados los supuestos facticos señalados en la causa de despido de la actora”, releva.

“Por estas consideraciones y del análisis de la prueba de rendida, se logró acreditar para este sentenciador, que el despido del que fue objeto de la trabajadora fue injustificado, correspondiendo que la demandada pague a la actora el recargo legal del 30% conforme a la señalada artículo 168, letra B del Código de Trabajo”, concluye.

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