Segundo TOP de Santiago condena a 3 años y un día de presidio a autora de tráfico de drogas en Quilicura

06-marzo-2025
En fallo unánime, el tribunal condenó a Nathalie Stephanie Moscoso Parra a la pena de 3 años y un día de presidio, en calidad de autora del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en agosto de 2023, en la comuna de Quilicura.

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Nathalie Stephanie Moscoso Parra a la pena de 3 años y un día de presidio, en calidad de autora del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en agosto de 2023, en la comuna de Quilicura.

En fallo unánime (causa rol 266-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Valeria Alliende Leiva (presidenta), Marcelo Rojas Arenas y Nelson González Valenzuela (redactor)– aplicó, además, a Moscoso Parra las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de la droga, dinero y demás especies incautadas en el procedimiento.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 17:30 horas del 24 de agosto de 2023, “(…) en las afueras del domicilio ubicado en PASAJE NUEVE BLOCK 0660 DEPARTAMENTO 105 comuna de Quilicura, Nathalie Moscoso Parra fue sorprendida vendiendo a un sujeto identificado como Manuel Antonio Álvarez Fernández 2 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de pasta base de cocaína por la suma de 2000 pesos. Tras la detención de Nathalie Moscoso, fueron incautados en su poder para traficar, al interior del inmueble referido, 236 envoltorios de pasta base con un pesaje de 61 gramos y 700 miligramos, un trozo sólido de sustancia color beige correspondiente a pasta base con un pesaje de 300 gramos, además de una pesa digital y la suma de 23 mil pesos en efectivo”.

“Que la acusada Moscoso Parra ha resultado responsable de un delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, siendo la pena aplicable en abstracto la de presidio mayor en sus grados mínimo a medio y multa de cuarenta a cuatrocientas unidades tributarias mensuales, mas concurriendo una circunstancia atenuante de responsabilidad penal en su favor, considerada como muy calificada, el Tribunal hará uso de la facultad contemplada en el artículo 68 bis del Código Penal y, en consecuencia, rebajará en un grado la sanción a imponer, quedando esta finalmente en el tramo del presidio menor en su grado máximo, el que será aplicado en su parte más baja, por resultar más acorde a las circunstancias y a la extensión del mal causado por el ilícito, considerando especialmente que las cantidades y calidades de las sustancias ilícitas respecto de las cuales ha sido responsable no alcanzaron a tener una real posibilidad de circulación masiva entre la población”, consigna el fallo.

“Que atendido el mérito del extracto de filiación y antecedentes de la acusada, en el que figuran diversas condenas por diferentes delitos, en alguno de los cuales le han sido concedidos en ese entonces beneficios de la ley 18.216, aquella no cumple con los requisitos para ser beneficiaria de una pena sustitutiva por el actuar acreditado en la presente causa, debiendo entonces cumplir la pena privativa de libertad a imponer de manera efectiva”, ordena.

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