El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Ángelo Antonio Lobos Talamilla a la pena de cumplimiento efectivo de 10 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito cometido en la comuna de La Cisterna, en octubre del año pasado.
En fallo unánime (causa rol 423-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Javiera Meza Fuentes (presidenta), María Anabel Campo Díaz y Christian Carvajal Silva (redactor)– decretó la absolución de Lobos Talamilla por falta de acreditación, de los cargos que le formuló el Ministerio Público, como autor del delito de amenazas.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 19 horas del 17 de octubre de 2023, la víctima, F.A.A.G.P., “transitaba caminando por Gran Avenida José Miguel Carrera, al llegar a avenida El Parrón, en la comuna de La Cisterna, fue abordado por Ángelo Antonio Lobos Talamilla, quien lo procedió a intimidar señalándole ‘ando robando’ para luego exhibirle un cuchillo, procediendo a tomar al afectado y a llevarlo, bajo amenaza, apuntándolo con la referida arma, hasta el domicilio de la víctima, lugar donde Lobos Talamilla amenaza con matar al ofendido a algún miembro de su familia si no le entregaba dinero. F.A.A.G.P. ingresa a su domicilio y saca desde el inmueble la suma de cinco mil pesos, haciéndole entrega del dinero a esta persona, quien vuelve a amenazarlo con el cuchillo y le arrebata una cadena de plata y un banano de color negro, donde la víctima mantenía su teléfono celular, dándose el acusado a la fuga del lugar con las especies en su poder.
Una vez ocurrido esto, F.A.A.G.P. vuelve a ingresar a su domicilio, donde le relata lo ocurrido a su padre, de iniciales M.A.G.G., quien sale del inmueble junto con F.A.A.G.P. y sus otros dos hijos a buscar a este sujeto, logrando ubicarlo en el acceso a la estación de Metro El Parrón, de la comuna de La Cisterna, donde el acusado es retenido hasta la llegada de carabineros, lográndose recuperar la cadena que había sido sustraída al afectado”.
“Que el delito de robo con intimidación está reprimido con la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a máximo. Concurriendo en la especie una agravante [reincidencia], sin que le perjudiquen atenuantes, se aumentará en grado la pena a imponer, quedando en el umbral del presidio mayor en su grado medio, dentro del cual se impondrá la pena mínima posible, no advirtiéndose un disvalor de acción, de culpabilidad ni de resultado mayor, que aconseje imponer una pena más gravosa, habiendo recuperado según el propio afectado, todas sus pertenencias, salvo el dinero en efectivo que le dio al autor del hecho”, consigna el fallo.