La Corte Suprema acogió recurso de amparo y le ordenó al Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago citar a audiencia para debatir con todos los antecedentes, la petición de sobreseimiento definitivo por prescripción de la acción penal, planteada por la defensa de imputado por estafa.
En fallo unánime (causa rol 57.800-2024), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por el ministro Leopoldo Llanos, las ministras María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, la abogada (i) Leonor Etcheberry y el abogado (i) Eduardo Gandulfo– revocó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que rechazó la acción constitucional de amparo.
“Que, los hechos que se le imputan al amparado habrían acaecido entre los años 2016 y 2017, y el mismo fue formalizado en el mes de julio del presente año, lo que no fue controvertido en esta sede, por lo que de conformidad a lo previsto en el artículo 233 del Código Procesal Penal, se produjo la suspensión de la prescripción de la acción penal únicamente con la formalización de la investigación”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, al haberse desestimado la prescripción de la acción penal alegada por la defensa del querellado, sin expresar las consideraciones que diriman cada una de las alegaciones esgrimidas por la defensa en apoyo de su pretensión, como han sido los efectos de la interposición de la querella en contra del imputado o la ampliación o modificación de la misma mientras la investigación se encontraba desformalizada, se ha infringido el deber de fundamentación previsto en el artículo 36 del Código Procesal Penal, con efecto trascendente en los derechos del amparado, pues permanece sometido a un proceso penal dirigido en su contra en las que han sido decretadas medidas cautelares”.
Para la Sala Penal, en la especie: “(…) sin perjuicio de lo señalado, no es posible que esta Corte se pronuncie derechamente sobre el sobreseimiento definitivo solicitado, pues existen otros elementos que deben ser ponderados por el tribunal, para determinar si se cumplen con los requisitos para establecer la prescripción de la acción penal”.
Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de once de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 817-2024, y en su lugar se resuelve que se acoge el amparo constitucional intentado en estos autos, por lo que el 4° Juzgado de Garantía de Santiago deberá citar a una audiencia a fin de debatir con todos los antecedentes la petición de sobreseimiento definitivo por prescripción de la acción penal planteada por la defensa”.