Corte Suprema confirma fallo que ordenó restitución de local comercial subarrendado

19-noviembre-2024
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en la forma interpuesto contra de la sentencia que desestimó la excepción de falta de título válido y ordenó seguir adelante con la ejecución de la obligación de entrega de local subarrendado por la demandante Comercial Fashions Park SA a la sociedad Distribuidora de Industrias Nacionales SA, en Talca.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en la forma interpuesto contra de la sentencia que desestimó la excepción de falta de título válido y ordenó seguir adelante con la ejecución de la obligación de entrega de local subarrendado por la demandante Comercial Fashions Park SA a la sociedad Distribuidora de Industrias Nacionales SA, en Talca.

En fallo unánime (causa rol 20.401-2024), la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Juan Eduardo Fuentes Belmar, Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, la ministra María Angélica Repetto García y el abogado (i) Carlos Urquieta Salazar– descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó, con costas, la excepción opuesta por la ejecutada.

“Que la recurrente afirma que el fallo cuestionado ha incurrido en las causales de invalidación formal contenidas en el numerales 1, 8 y 9 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esta última en relación con el N°4 del artículo 800 del mismo Código”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “Sostuvo que el tribunal de alzada resolvió un recurso de apelación que había sido declarado inadmisible por la sala tramitadora de la misma Corte, careciendo de competencia para conocer del recurso y faltando además a los trámites establecidos en la ley, ya que no fueron traídos los autos en relación y por lo mismo no fue incluido en la vista de la causa, como en la relación y los alegatos que solo se refirieron al recurso de casación en la forma, y no obstante ello, los jueces del grado dictaron sentencia respecto de una apelación declarada inadmisible revocando la decisión de primer grado, y en su lugar, rechazaron la excepción del numeral 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil y ordenaron seguir adelante la ejecución, incurriendo de esa forma en los vicios que se denuncian, solicitando se acoja y proceda a invalidar la sentencia recurrida, determinando el estado en el que queda el proceso y remitiendo los autos para el conocimiento del tribunal no inhabilitado que corresponda”.

“Que del mérito de los antecedentes aparece que la ejecutada Distribuidora de Industrias Nacionales S.A., interpuso recurso de queja en contra de la sentencia recurrida que dio origen a los autos Rol Nº 16688-2024, en el cual se ordenó la vista una en pos de la otra”, añade.

“Que esta Corte en la causa Rol Nº 16688-2024, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil y actuando de oficio, ordenó invalidar lo obrado y reponer la causa al estado de que los jueces no inhabilitados que correspondan resuelvan el recurso de casación en la forma deducido por la ejecutante en contra de la sentencia de primer grado, surgiendo como consecuencia necesaria que el recurso de casación en la forma ha perdido oportunidad, ya que el fallo recurrido fue invalidado, ordenándose que jueces no inhabilitados resuelvan el asunto, que era justamente lo que pretendía obtener el recurrente por la vía de la invalidación formal, lo que llevará a que sea rechazada”, releva el fallo.

“Por estas consideraciones y visto además con lo dispuesto en los artículos 764 y 766 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por el abogado Juan Manuel Lavín Garrido, abogado, en representación de la parte ejecutada, contra la sentencia de siete de mayo de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago”, concluye.