Corte de Valparaíso ordena a Superintendencia de Seguridad Social realizar pericias clínicas y reevaluar licencias rechazadas

13-noviembre-2024
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección presentado en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y le ordenó realizar nuevas pericias clínicas al recurrente para evaluar su actual estado de salud mental y, luego, pronunciarse sobre la aceptación o rechazo de las licencias médicas denegadas.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección presentado en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y le ordenó realizar nuevas pericias clínicas al recurrente para evaluar su actual estado de salud mental y, luego, pronunciarse sobre la aceptación o rechazo de las licencias médicas denegadas.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Álvaro Carrasco, la fiscal judicial Jacqueline Nash y el abogado (i) Guillermo Oliver– estableció el actuar ilegal y arbitrario de la entidad pública al rechazar tres licencias médicas por “reposo injustificado”, sin la debida fundamentación, junto con rechazar la alegación de extemporaneidad y de improcedencia de la acción.

“Que, conforme dan cuenta los antecedentes de autos, la decisión adoptada por la recurrida no se apoya en la práctica de un peritaje clínico que permita corroborar los motivos que fundan la duración de sus licencias médicas, mencionando únicamente antecedentes que el propio recurrente acompañó para sustentar el dictamen a que se arribó, carencias que privan de contenido a dicha decisión, sin que sea dable discernir que aquella se baste a sí misma si no ofrece los elementos de juicio necesarios que permitan comprenderla y entender las razones objetivas por la cual se le niega el derecho al reposo prescrito”, establece el fallo.

La resolución agrega: “Que, es así como se torna del todo arbitrario desestimar un permiso médico concedido por facultativo sin ningún motivo adicional suministrado por las entidades criticadas, simplemente sobre la base de la ponderación de los antecedentes tenidos a la vista, sin un elemento de juicio complementario de contraste para disipar, frente al paciente y terceros interesados, cualquier duda, en especial, sometiéndola a evaluaciones médicas accesorias”.

Por tanto, se resuelve que: “se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por (…) en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y, en su lugar, se dispone que esta última deberá realizar por intermedio de un especialista, una pericia clínica que informe acerca de la patología que afecta al recurrente a fin de determinar la procedencia de los días de reposo que disponen las licencias médicas materia de autos, y cumplido ello, se pronuncie nuevamente acerca de las licencias médicas denegadas, que han sido objeto del presente libelo”.

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