La Corte de Apelaciones de Santiago elevó la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Alen Lobos Sánchez, Waldo Milton Cruz Navarrete, Fernando Segundo Cava Zapata, Manuel Jesús Maulén Loyola, Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y Sonia Paz Ramírez Kraljevich, quienes fueron detenidos y sometidos a torturas por agentes del Estado, en diversos periodos tras el 11 de septiembre de 1973.
En fallo unánime (causa rol 11.836-2023), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Soledad Jorquera y el abogado (i) Eduardo Hernández– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio en proporción al daño acreditado por cada demandante.
“Que comparte esta Corte lo razonado por el juez a quo en el motivo Décimo para desestimar la excepción de reparación integral opuesta por el Fisco de Chile. Del mismo modo, también concuerda este Tribunal de Alzada con lo razonado en el motivo Undécimo, para rechazar la excepción prescripción extintiva alegada por el demandado”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “En lo que concierne a los agravios denunciados, tanto por el demandado y el demandante, sobre el monto de las indemnizaciones, estima esta Corte que debe modificarse el quantum concedido a algunos actores, pues es evidente que, si bien resulta acreditado que todos padecieron prisión política –aunque por periodos de tiempo diferenciados– y que en dicha condición fueron víctimas de maltratos y otros tratamientos crueles y degradantes por agentes del Estado, tal como ha sido acreditado por la Comisión Valech, las circunstancias particulares sufridas por cada una de ellos, deben ser adecuadamente ponderadas al momento de establecer el monto indemnizatorio, a título de daño moral”.
“De esta manera, se tendrá especial consideración las secuelas físicas permanentes derivadas de la tortura que afecta a don Fernando Segundo Cava Zapata, por falta de movilidad en sus manos, a don Alen Lobos Sánchez, con afectación de la audición y a don Waldo Milton Cruz Navarrete con repercusiones en su visión; y en el caso de estos dos últimos, también la prolongada extensión de la prisión política a que fueron sometidos; el primero, por dos años y medio y luego exiliado por 11 años; y el segundo, privado de libertad por cuatro años”, añade.
“Del mismo modo, en el caso de Manuel Jesús Maulén Loyola, de Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y de Sonia Paz Ramírez Kraljevich, sin perjuicio de la menor extensión de su privación de libertad, se tendrá especial consideración que los dos primeros fueron víctimas de tortura; y que en el caso de la señora Ramírez, los apremios sufridos pusieron en riesgo su embarazo”, releva el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “se confirma la sentencia apelada de treinta de noviembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, en la causa CAVA Y OTROS con FISCO DE CHILE”, con las siguientes declaraciones:
I.- Que se aumenta el monto de la indemnización por daño moral que debe pagar el Fisco de Chile a los siguientes demandantes, a las sumas que se indican a continuación:
A.- $ 80.000.000 (ochenta millones de pesos) a los demandantes don Alen Lobos Sánchez y don Waldo Milton Cruz Navarrete.
B.- $ 70.000.000 (setenta millones de pesos) al demandante don Fernando Segundo Cava Zapata.
C.- $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos) a los demandantes Manuel Jesús Maulén Loyola, Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y Sonia Paz Ramírez Kraljevich.
II. El cumplimiento de la sentencia se efectuará conforme lo dispone el artículo 752 del Código de Procedimiento Civil.
Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia”.
De este modo, quedan a firme los montos indemnizatorios de $50.000.000 que el fisco deberá pagar a las víctimas: Heddy Leonor San Juan Rojas, Carlos Enrique Moreno Agurto, Rafael Enrique Pérez Cuevas, Manuel Benjamín Arce Vivanco.