Corte Suprema evacua informe sobre proyecto de ley que busca mejorar persecución del crimen organizado

05-septiembre-2024
"Sería recomendable realizar ajustes significativos al proyecto para asegurar que cualquier medida implementada esté firmemente basada en la necesidad, la proporcionalidad y el respeto por los derechos fundamentales, manteniendo siempre un equilibrio entre la seguridad pública y la libertad individual”.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el lunes 2 de septiembre recién pasado–analizó el proyecto de ley, iniciado en moción, que: “Crea un estatuto de prevención y persecución de conductas atribuibles a las organizaciones criminales”. Informe que fue remitido a la presidencia del Senado al día siguiente.

“Que el proyecto de ley que introduce el ‘Estatuto de prevención y persecución de conductas atribuibles a las organizaciones criminales’ presenta un conjunto de disposiciones destinadas a fortalecer el marco jurídico chileno en su lucha contra la criminalidad organizada. Si bien la intención de mejorar la capacidad de las autoridades para abordar esta problemática es clara y necesaria, el análisis detallado del proyecto sugiere varias áreas críticas que requieren una revisión significativa para asegurar que las medidas propuestas no solo sean efectivas, sino también justas y alineadas con los principios fundamentales del derecho y los derechos humanos”, advierte el informe.

Para el pleno de ministros: “Primero, la propuesta de aplicar medidas preventivas y cautelares, incluyendo sanciones y penas accesorias, y sin la formalización necesaria, plantea serios riesgos de trastocar los derechos fundamentales de los individuos afectados, especialmente en términos de presunción de inocencia y los principios de legalidad e igualdad. La inclusión de medidas que pueden imponerse sin las garantías procesales adecuadas y en base a criterios subjetivos podría resultar en un tratamiento punitivo desproporcionado y potencialmente arbitrario”.

“Segundo, el enfoque del proyecto hacia la imposición de medidas y sanciones extensivas, incluyendo la afectación de terceros como familiares y convivientes, sugiere una orientación hacia un modelo de derecho penal del enemigo y desapegado al principio de personalidad de las penas”, añade.

“Tercero –prosigue–, la falta de diferenciación clara entre las medidas preventivas y cautelares y la posibilidad de imposición de estas medidas sin una evaluación rigurosa de su necesidad y proporcionalidad, pone en riesgo el equilibrio entre seguridad y libertad individual. Los plazos extendidos para la revisión de estas medidas y la discrecionalidad otorgada a los jueces en su aplicación y revisión necesitan ser reevaluados para proteger contra el uso excesivo de la autoridad judicial y administrativa”.

“Finalmente, la propuesta de establecer un sistema de rehabilitación específico para aquellos afectados por las medidas propuestas reconoce implícitamente la severidad de las intervenciones que se permitirían bajo este estatuto. Sin embargo, esto también resalta la necesidad de que tales medidas sean implementadas como último recurso y siempre respetando los principios de mínima intervención y proporcionalidad”, releva.

Para la Corte Suprema: “En conclusión, mientras que los objetivos del proyecto de ley son loables en su intento de proporcionar herramientas más eficaces para combatir la criminalidad organizada, es crucial que cualquier legislación en esta área se desarrolle con una consideración cuidadosa de su impacto en los derechos humanos y las garantías procesales. Sería recomendable realizar ajustes significativos al proyecto para asegurar que cualquier medida implementada esté firmemente basada en la necesidad, la proporcionalidad y el respeto por los derechos fundamentales, manteniendo siempre un equilibrio entre la seguridad pública y la libertad individual”.
Ver informe (PDF)