El comité de género de la Corte de Apelaciones de Santiago, a cargo de las ministras Maritza Villadangos y Lilian Leyton, organizó el conversatorio “Nuevos desafíos que impone al Poder Judicial la Ley 21.675”, normativa que hace referencia al fenómeno de la violencia contra las mujeres de manera integral, incorporando aspectos relativos a la prevención, atención, protección, sanción y erradicación.
La actividad, dirigida a ministros, relatores, abogados integrantes y especialmente a jueces y funcionarios de los tribunales penales y de familia de la jurisdicción, fue encabezada por el presidente del tribunal de instancia, Omar Astudillo, y por la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana.
“La Ley 21.675 que hoy nos convoca busca hacerse cargo de un cambio cultural paulatino y de mayor sensibilidad; propicia ampliar la mirada y comprensión acerca de lo que podamos entender como violencia, intenta derribar las barreras que separan lo público de lo privado, relevando que los eventuales acometimientos pueden tener lugar en todos esos ámbitos”, señaló el presidente de la Corte de Santiago en sus palabras iniciales.
Agregó que como todo cambio, “esta normativa plantea dudas y eventuales dificultades para el Poder Judicial como la existencia de órganos que ejercerán atribuciones o competencia en asuntos no penales y su delimitación; la necesidad de delinear en sus intersticios las nociones de “sufrimiento” asociados a la violencia y la propia violencia simbólica y la diferenciación entre la violencia de género y la violencia intrafamiliar (…) y en materia de potestad cautelar preventiva , la ampliación de su espectro a materias tales como la fijación de alimentos provisionales y cuidado personal, inspiradas en la idea de la protección integral o los requerimientos de seguimiento de tales medidas que podrían estresar el sistema por el imperativo de hacerlo a través de audiencias periódicas”.
Por su parte la ministra Antonia Orellana indicó que previo a la entrada en vigencia de la ley ya se estaba trabajando con el Poder Judicial -a nivel interinstitucional- en algunos de los desafíos operativos, como la interconexión de sistemas, derivación de información y entrega de datos en común. “Todo tiene un sentido muy práctico que es que haya menos victimización secundaria, que haya menos preguntas y más respuestas y que haya un menor tiempo entre instituciones, por ejemplo, cuando se declara la incompetencia. Tenemos un trabajo en conjunto que es muy importante y por supuesto el de capacitación e interpretación. Esta es una norma nueva, es una norma que por lo tanto se va a ir desarrollando y especializando según la judicatura vaya estimando”, explicó.
Panelistas
Las exposiciones estuvieron a cargo de la jefa del Departamento de Reformas Legales del Ministerio de la Mujer, Paloma Galaz; la directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, Lidia Casas; la jueza presidenta del Centro de Medidas Cautelares (CMC), Lorena Bruna y del juez del 1° Juzgado de Garantía de Santiago y actual ministro suplente de la Corte de Santiago, Fernando Guzmán.
Entre lo señalado por la magistrada Bruna, dijo que para el CMC “la nueva ley es un respaldo jurídico a muchas de las decisiones y protocolos de trabajo instaurado a lo largo de los años de funcionamiento”. Añadió que si bien el Centro ha propiciado el trabajo conjunto y colaborativo que participan en procedimientos de violencia con el objetivo de conseguir que las víctimas cuenten, en la mayoría de los casos, con asesoría letrada o con la posibilidad de rendir su prueba, la ausencia del Estado en la población más vulnerable es notoria, y estos acuerdos no llegan a cubrir a la totalidad de los usuarios del sistema”.
Dentro de los nudos críticos detectados en la aplicación de la normativa, la jueza Lorena Bruna indicó la falta de organismos especializados que den cobertura a los informes y pericias de manera gratuita; falta de abogados que representen en forma gratuita; ausencia de sistema interconectado para derivar a la fiscalía o juzgado de garantía; falta de cupos en casas de acogida para víctimas de violencia; falta de programas de intervención para hombres que ejercen violencia, de prevención de violencia intrafamiliar y de acompañamientos de víctimas, entre otros.
En tanto, el juez Fernando Guzmán comenzó reconociendo que “los tribunales penales no siempre son los lugares más adecuados para enfrentar problemáticas de esta naturaleza. La persecución penal en el contexto de un debido proceso judicial tiene objetivos muy modestos, exacerbando en no pocos casos el conflicto, incluso instando por soluciones derechamente contraproducentes”.
“Si hay algo que debemos admitir es el escaso impacto en general de las numerosas reformas legales en materia procesal penal en los últimos 25 años. Mucho más relevantes son las prácticas -buenas o malas- que se han consolidado en los tribunales de justicia”, remarcó el magistrado.
“Los juzgados de garantía debemos propiciar un plan de mejoramiento de la calidad de la prestación del servicio en esta materia, visualizándose la necesidad de conseguir los fines básicos en el espíritu de la justicia restaurativa y terapéutica, a saber: solución oportuna, de calidad e integral del conflicto entre las partes. Y por otro lado, bajar las reincidencias de los imputados; y dar protección y seguridades a las víctimas frente a riesgos y peligros que experimentan al denunciar a sus agresores, implementando sistemas eficaces de supervisión y control”, concluyó.