El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Francisco Alejandro Valderrama Polanco a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Ilícito cometido en la comuna de Lo Barnechea.
En fallo unánime (causa rol 96-2024), el tribunal –integrado por las magistradas Carolina Gajardo Fontecilla (presidenta), María Paz López Benavides y Carola Herrera Brümmer (redactora)– aplicó, además, a Valderrama Polanco las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa a beneficio fiscal equivalente a 20 UTM.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se ordenó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que, al menos desde noviembre de 2023, “(…) el acusado Francisco Valderrama Polanco se dedica a la venta de sustancias ilícitas controladas por la Ley 20.000 en la comuna de Lo Barnechea, ofreciendo sus productos, al menudeo y al por mayor abasteciendo a otros traficantes, a coordinación del acusado con un agente encubierto y revelador, el que se encontraba debidamente autorizado en su calidad de tal, con fecha 20.11.2023, siendo las 14:15 horas aproximadamente, Valderrama Polanco llegó hasta calle Belén frente al N° 279, en la comuna de Lo Barnechea, lugar donde le vendió y transfirió al agente encubierto y revelador ‘Morrison’ 01 catridge de 1 ML de THC en estado líquido en la suma de $40.000 y 01 frasco de 120 ML del remedio sujeto a control de la Ley 20.000 ‘Deucotos’ cuyo compuesto es codeína, en la suma de $15.000, diligencia en la cual se logró establecer que el domicilio del acusado correspondía al de calle Belén N° 279 depto. 21, comuna de Lo Barnechea.
Con estos antecedentes y en cumplimiento de una autorización judicial de entrada y registro, con fecha 07.12.2023 siendo aproximadamente las 9:20 horas, personal policial hizo ingreso al domicilio del acusado ubicado en calle Belén N° 279 depto. 21, comuna de Lo Barnechea, lugar donde este guardaba y mantenía con fines de venta y distribución, 50 catridge de 1 ML cada uno de concentrado de THC en estado líquido, 01 bolsa contenedora de 69 gramos de cannabis sativa además de 01 balanza digital y 01 teléfono celular, motivo por el cual se procedió a su detención”.
En la determinación de la pena a imponer al acusado, el tribunal tuvo presente que: “Francisco Alejandro Valderrama Polanco ha resultado responsable en calidad de autor de un delito de tráfico de drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas, en grado de consumado”.
“Que el mencionado delito previsto en el artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, está sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio y multa de 40 a 400 Unidades Tributarias Mensuales. Que beneficiando al encartado una atenuante de responsabilidad penal y concurriendo una agravante en su contra, en aplicación a lo establecido en el artículo 68, el tribunal compensará racionalmente ambas, pudiendo recorrer la pena en toda su extensión y atendida la naturaleza de la sustancia incautada y su cantidad, aplicará la pena en su mínimo”, añade.
“En cuanto a la pena de multa, atendido únicamente a que el sentenciado se encuentra privado de libertad, y lo dispuesto por el artículo 70 del Código Penal, se rebajará la multa más allá de su mínimo y se concederán diez parcialidades para su pago, en la forma que se dirá en la parte resolutiva de esta sentencia”, concluye.