El Segundo Tribunal de Juicio Oral de Santiago condenó a Michael Jeremy Alexis Mateluna Zazo a la pena de cumplimiento efectivo de 15 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor de cuatro delitos consumados de robo con intimidación y un robo con violencia e intimidación. Ilícitos cometidos entre diciembre de 2020 y febrero de 2021, en las comunas de Quilicura, Conchalí y Pudahuel.
En fallo unánime (causa rol 418-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Marianne Barrios Socías (presidenta), Gloria Canales Abarca y Matías de la Noi Merino (redactor)– condenó al acusado Carlos Andrés Gutiérrez Valdés a 10 años y un día de presidio, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor de los delitos consumados de robo con violencia e intimidación y robo con intimación, cometidos en diciembre de 2020 y febrero de 2021, en la comuna de Quilicura.
En tanto, Brandon Michel Jaure Figueroa deberá cumplir 5 años y un día de reclusión y las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito cometido en febrero de 2021, en la comuna de Quilicura.
Finalmente, Mateluna Zazo deberá purgar 3 años y un día de presidio, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa ascendente $14.041.493, como autor del delito de receptación del vehículo motorizado, cometido en febrero de 2021 en la comuna de Conchalí.
En la causa, el tribunal decretó la absolución por falta de acreditación, de Mateluna Zazo y Gutiérrez Valdés de la acusación fiscal que los sindicaba como autores de un delito de receptación de vehículo motorizado, supuestamente cometido en diciembre de 2020 en la comuna de Quilicura; y de Jaure Figueroa, como autor de tráfico ilícito de drogas y precursores, cometido supuestamente en junio de 2021, en la comuna de Conchalí.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 06:30 horas del 2 de diciembre de 2020, “(…) en la vía pública Av. Américo Vespucio intersección Av. Eduardo Frei Montalva, comuna de Quilicura, el imputado MICHAEL JEREMY ALEXIS MATELUNA ZAZO, acompañado de otro sujeto no identificado, movilizándose en un vehículo tipo furgón, interceptaron a la víctima Nelson Alejandro Valenzuela Briceño, quien circulaba en ese lugar en su vehículo marca Volvo, modelo V40, color gris titanio, año 2014, PPU GFCR-92, cruzándole el vehículo en el cual se movilizaban impidiendo el tránsito de la víctima, descendiendo el imputado y su acompañante quienes intimidaron a la víctima con elementos similares a armas de fuego, obligándolo a descender de su automóvil, apropiándose de este y otras especies personales, para luego darse a la fuga”.
Al día siguiente, 3 de diciembre de 2020, alrededor de las 21:50 horas, “(…) en la vía pública, en Av. Américo Vespucio a la altura del N° 1840, Quilicura, MICHAEL JEREMY ALEXIS MATELUNA ZAZO y CARLOS ANDRÉS GUTIÉRREZ VALDÉS, junto a otros sujetos, movilizándose en un vehículo marca Volvo y otro marca Lexus, placa patente única KXBF-27, interceptaron a la víctima ANTONIO GÓMEZ ROMÁN, quien circulaba en ese lugar en su vehículo marca Nissan placa patente única LHGC-25, cruzándole el vehículo Volvo, impidiendo el tránsito de la víctima, mientras el vehículo Lexus se situó en la parte trasera, descendiendo los imputados de esta causa de uno de dichos vehículos ya singularizados, quienes intimidaron a las víctimas, con elementos similares a armas de fuego, apuntándole con dichos elementos, obligándolo a descender del mismo, registrando sus vestimentas, momento en que uno de los sujetos le propinó un golpe de puño en el rostro al señor Gómez Román, ocasionándole lesiones leves consistentes en contusión de hemicara derecha, logrando los imputados apropiarse de un teléfono celular marca Apple, entre otras especies, y del vehículo placa patente única LHGC-25, luego de lo cual se dieron a la fuga”.
El tercer hecho acreditado se registró aproximadamente a las 22:30 horas del 11 de febrero de 2021, a la altura del 1830 de la avenida Américo Vespucio, en la comuna de Quilicura, ocasión en la cual los condenados: “(…) MICHAEL JEREMY ALEXIS MATELUNA ZAZO, BRANDON MICHEL JAURE FIGUEROA y CARLOS ANDRÉS GUTIERREZ VALDÉS acompañados de al menos otros dos sujetos no identificados, movilizándose en un automóvil marca Mazda, modelo CX 5, interceptaron a la víctima Daniel Andrés Espinoza Cuevas, quien se movilizaba al interior de su automóvil placa patente única PLJK-15, marca BMW, impidiéndole el paso, descendiendo los imputados acompañados de otros sujetos, momento en el cual registraron e intimidaron a la víctima con elementos similares a armas de fuego apuntándola y gritándole groserías, logrando los imputados y sus acompañantes apropiarse del automóvil y otras especies de propiedad de la víctima, entre ellas teléfonos celulares, documentación personal, dispositivos electrónicos marca Apple, para luego darse a la fuga en ambos vehículos”.
El hecho signado por el Ministerio Público con el numeral cuatro se produjo el 15 de febrero de 2021, aproximadamente a las 22 horas, en la autopista Américo Vespucio Norte al oriente, a altura de la salida número 5, en la comuna de Conchalí, ocasión en la cual “(…) el acusado MICHAEL JEREMY ALEXIS MATELUNA ZAZO, acompañados de al menos otros cuatro sujetos, movilizándose en el vehículo marca Infinity, placa patente única HZTK-30, el cual registra encargo policial vigente por el delito de robo con intimidación de fecha 04 de febrero de 2021, interceptaron a las víctimas Yury César Villanueva Navarro, Claudia Andrea González Navarro y Valentina Andrea Villanueva González, quienes se movilizaban en su vehículo, marca DS, modelo DS7 Crossback, placa patente única PKKG-46, impidiéndoles el paso, descendiendo ambos imputados acompañados de otros sujetos, momento en el cual intimidaron a las víctimas con elementos similares a armas de fuego, procediendo uno de ellos a acercarse por el costado del piloto al vehículo de la víctima Villanueva comenzando a intimidarla con un elemento similar a un arma de fuego, apuntándola en todo momento a la cabeza, gritándole groserías a fin de que se baje del vehículo; ello mientras MICHAEL JEREMY MATELUNA ZAZO se dirigió hacia el lado del copiloto, quien con un elemento similar a un arma de fuego comenzó a golpear fuertemente el vidrio intimidando a la señora González, logrando los imputados, y sus acompañantes, apropiarse del vehículo placa patente única PKKG-46 y de otras especies de propiedad de las víctimas, entre ellas el teléfono celular de doña Claudia González, dándose a la fuga en este vehículo y aquel en que llegaron al lugar”.
Asimismo, el 22 de febrero de 2021, aproximadamente a las 14:30 horas, en la autopista Américo Vespucio Norte enlace con autopista 68, en la comuna de Pudahuel, “(…) MICHAEL JEREMY ALEXIS MATELUNA ZAZO, acompañado de otros cuatro sujetos no identificados, quienes se movilizaban en dos vehículos, interceptaron a las víctimas Carolina Ivonne del Carmen Madrid Marinkovic y doña Marta Eliana Cáceres Palacios, quienes se movilizaban en el vehículo Marca Mercedes Benz, modelo CLA 220, placa patente única FVKK-24, descendiendo del automóvil en que se desplazaba el imputado Mateluna y otros sujetos procediendo el primero a apuntar a doña Carolina Madrid con un elemento similar a un arma de fuego, mientras sus acompañantes la bajaban a la fuerza del automóvil, logrando el imputado Mateluna, y sus acompañantes, apropiarse del vehículo placa patente única FVKK-24 dándose a la fuga tanto en este vehículo como en aquellos en que llegaron al lugar. Producto del forcejeo para obligarlas a bajar, doña Carolina Ivonne del Carmen Madrid Marinkovic resultó con lesiones consistentes en hematoma en cigomático y escoriación en miembro superior”.