Segundo TOP de Santiago condena a penas efectivas a autor de tenencia ilegal de arma de fuego prohibida y microtráfico

18-junio-2024
En fallo unánime, el tribunal condenó a Marcelo Patricio Ortiz Leal 5 años y un día y 541 días de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de tenencia ilegal de arma de fuego prohibida y microtráfico. Ilícitos cometidos en agosto de 2021, en la comuna de Conchalí.

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Marcelo Patricio Ortiz Leal a la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego prohibida. Ilícito cometido en agosto de 2021, en la comuna de Conchalí.

En fallo unánime (causa 347-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Carlos Iturra Lizana (presidente), Marlene Lobos Vargas (redactora) y Raúl Díaz Manosalva– condenó, además, a Ortiz Leal a 541 días de reclusión efectiva, más la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de 6 UTM, como autor del delito consumado de tráfico de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

En la causa, el tribunal decretó la absolución de Ortiz Leal del cargo formulado en su contra por el Ministerio Público que lo sindicaba como autor del delito de tenencia ilegal de municiones, al considerarlo que se subsume en el delito de tenencia ilegal de arma de fuego prohibida.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se dispuso el comiso de la droga, contenedores, revólver a fogueo, municiones, dinero y demás especies incautadas en el procedimiento.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 18:10 horas del 5 de julio de 2021, “(…) en el frontis del domicilio ubicado en calle Norte n°2293, comuna de Conchalí, el imputado Marcelo Ortiz Leal transfirió a cambio de dinero a G.A.C.M. dos bolsas de nylon transparentes contenedoras de cannabis sativa con un peso bruto de 2 gramos.
El día 19 de julio de 2021, alrededor de las 17.20 hrs., en el frontis del domicilio ubicado en calle Norte n°2293, comuna de Conchalí, el imputado Marcelo Ortiz Leal transfirió a cambio de dinero a J.EB.S. una bolsa de nylon transparentes contenedoras de cannabis sativa con un peso bruto de 1 gramo.
El día 25 de agosto de 2021, alrededor de las 17.00 hrs., en virtud de autorización judicial de entrada, registro e incautación, emanada del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, personal de Carabineros ingresó al domicilio ubicado en calle Norte n°2293, comuna de Conchalí, lugar donde el imputado Marcelo Ortiz Leal estaba en posesión, sin contar con autorización para ello, en un mueble adosado al muro de la cocina, de un revólver a fogueo calibre .380, modificado para disparar munición calibre .22 convencional, marca Ekol, modelo Viper, serie E2VP-1410311 con 6 cartuchos calibre .22 en su recámara, en el mismo mueble, en una caja de cartón mantenía 44 cartuchos calibre .22, envuelto en una mascarilla 9 cartuchos calibre .22 y 3 cartuchos calibre .22 a fogueo. Además, mantenía sobre la mesa del comedor 1 envoltorio de nylon contenedor de cannabis sativa con un peso bruto de 1.5 gramos la cual mantenía para la venta. Por otro lado, el imputado mantenía consigo $11.000 producto de ventas de la droga”.

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