Corte de Santiago rechaza recurso de nulidad y confirma condena por robo tentado en Recoleta

22-mayo-2024
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a Samir Julio Caiceda a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito tentado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en marzo de 2022, en la comuna de Recoleta.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a Samir Julio Caiceda a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito tentado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en marzo de 2022, en la comuna de Recoleta.

En fallo unánime (causa rol 1.966-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Jorge Zepeda, la ministra Sandra Araya y la abogada (i) María Fernanda Vásquez– descartó falta de fundamentación en la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

“Que, por lo anterior, constando que los medios de prueba rendidos en el juicio oral no solo fueron reproducidos en la sentencia, sino que, además, valorados al tenor de las alegaciones del Ministerio Público y de la defensa del sentenciado, explicando los jueces en su razonamiento DÉCIMO, respecto de cada objeción y por qué les asignan mayor valor a determinada prueba frente a otra, así como la que rechazan, y nada parece confirmar la crítica de la defensa, en el sentido de haber existido en la sentencia una vulneración a las reglas del pensamiento lógico, en la dimensión de la falta de razón suficiente”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, sin duda, del tenor del recurso se colige en forma inequívoca que lo que se intenta impugnar por la defensa, es la valoración que hizo el tribunal sobre cuya base fijó los hechos y las razones que llevaron a desestimar la tesis propuesta por esta”.

“Es por eso que, lo que se destaca en el arbitrio son presuntas insuficiencias o contradicciones o apreciaciones distintas, acerca de la gravitación de determinados medios de prueba producidos en el juicio oral y que surgirían del análisis de cada elemento probatorio por separado o singularmente”, añade.

Para el tribunal de alzada, en la especie: “Sin embargo, tal proposición de la defensa sobre la apreciación de la prueba, está reservada exclusivamente a los jueces de juicio oral en lo penal, y son propias de un recurso de apelación, careciendo dichos argumentos de la eficacia legal requerida para configurar la causal de nulidad de la sentencia y del juicio oral intentada”.

“En consecuencia, por lo razonado el recurso deberá ser denegado”, concluye.

Por tanto, se resuelve: “Que se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado Samir Julio Caiceda en contra de la sentencia del 2º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, de fecha veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, la que en consecuencia es válida”.

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