Sexto TOP de Santiago condena a 10 años y un día de presidio a autor de robos en estación intermodal

03-mayo-2024
En fallo unánime, el tribunal condenó a Víctor Mauricio Muñoz Menares a la pena única de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados de robo con intimidación. Ilícitos perpetrados en enero de 2022, en la comuna de La Cisterna.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Víctor Mauricio Muñoz Menares a la pena única de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados de robo con intimidación. Ilícitos perpetrados en enero de 2022, en la comuna de La Cisterna.

En fallo unánime (causa rol 187-2023), el tribunal –constituido por los magistrados Flavia Donoso Parada (presidenta), Françoise Giroux Mardones y Freddy Muñoz Aguilera (redactor)– aplicó, además, a Muñoz Menares las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de los objetos utilizados para la comisión de los delitos y que fueron incautados por la policía.

Estación intermodal
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 15 horas del 24 de enero de 2022, “(…) VÍCTOR MAURICIO MUÑOZ MENARES llegó hasta el local comercial ‘Coffee Market’, ubicado al interior del Intermodal La Cisterna ubicado en Av. Américo Vespucio Nº 33, comuna de La Cisterna, donde intimidó con un arma blanca a la víctima de iniciales C.M.M., exigiendo la entrega de dinero y de especies, sustrayendo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, la suma aproximada de $40.000 en efectivo, dándose a la fuga con el dinero en su poder”.

Lugar al que regresó al día siguiente, 25 de enero de 2022, en horas de la mañana, ocasión en la cual “(…) MUÑOZ MENARES llegó hasta el local comercial ‘Tip Top’, ubicado al interior del Intermodal La Cisterna, ubicado en Av. Américo Vespucio Nº 33, comuna de La Cisterna, donde intimidó con un arma blanca a la víctima de iniciales M.M.M.G. exigiendo la entrega de dinero y amenazándola de muerte, sustrayendo, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, la suma aproximada de $30.000 desde la caja, dándose a la fuga con el dinero en su poder”.

En la determinación de la cuantía y forma de cumplimiento de la sanción a imponer a Muñoz Menares, el tribunal tuvo presente: “Que el acusado ha resultado responsable de dos delitos consumados de robo con intimidación, en calidad de autor, cada uno de ellos sancionados con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a máximo. Que, por tratarse de crímenes de la misma especie ha de imponerse la pena correspondiente a las diversas infracciones, estimadas como un solo delito, aumentándola, en el caso de marras, en un solo grado, por lo que resulta que la pena a imponer queda ubicada en el rango de presidio mayor en su grado medio”.

“Luego, por el hecho de concurrir tanto una circunstancia agravante como una morigerante de responsabilidad criminal, se procede a su compensación racional por considerarlas de análoga entidad, produciéndose una anulación recíproca, por lo que se mantiene el rango de pena que se ha mencionado precedentemente, dentro del que se opta por el quantum que se explicitará en la parte resolutiva de la sentencia, por considerarse acorde a los hechos y a sus circunstancias, desde que no aparece algún otro mal mayor o algunas otras acciones perniciosas fuera de las necesarias para la comisión de los ilícitos”, añade.

“Que, por la sola extensión de la sanción que se viene enunciando, se hace improcedente mutar la pena privativa de libertad por alguna de las sustitutivas que contempla la Ley 18.216”, concluye.

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