Corte de Rancagua decreta la prisión preventiva de imputado por soborno y fraude al fisco por peligro para la seguridad de la sociedad

17-abril-2024
En fallo unánime (causa rol 820-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Pedro Caro Romero, el fiscal judicial Álvaro Martínez Alarcón y la abogada (i) Ximena Carmona Torres– dejó sin efecto la caución (fianza) de $100.000.000 que estableció el Juzgado de Garantía de Rancagua, al imponer la cautelar por peligro de fuga.   

La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la prisión preventiva de Carlos Felipe Rodríguez Cajas, imputado por los delitos de soborno y fraude al fisco, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Ilícitos registrados durante la administración del alcalde Juan Ramón Godoy.

En fallo unánime (causa rol 820-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Pedro Caro Romero, el fiscal judicial Álvaro Martínez Alarcón y la abogada (i) Ximena Carmona Torres– dejó sin efecto la caución (fianza) de $100.000.000 que estableció el Juzgado de Garantía de Rancagua, al imponer la cautelar por peligro de fuga.   

“Que, para la correcta decisión del presente arbitrio, cabe tener presente que el imputado Rodríguez Cajas se encuentra formalizado por doce delitos de soborno, en el marco de adjudicaciones y tratos directos por un monto total de $646.285.783, contexto en el que la penalidad asignada al delito, previsto en el artículo 250 inciso cuarto en relación con el artículo 248 bis del mismo cuerpo legal, considerando la reiteración, queda en el marco de una pena de crimen (…)”, plantea el fallo.

Para el tribunal de alzada, en el caso concreto: “(…) considerando lo anterior y atendido el carácter primigenio de la presente investigación, no es posible concluir que la prisión preventiva se base únicamente en el riesgo de que el imputado se dé a la fuga, sino en el hecho de que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de los hechos materia de la formalización y la naturaleza de los mismos, en especial, por tratarse de delitos de corrupción de la función pública, que afectan el patrimonio fiscal en sentido amplio, razones todas que justifican enmendar la resolución impugnada, en el sentido que la prisión preventiva de Rodríguez Cajas se impone por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad”.

En la causa, Segunda Sala confirmó la medida de arresto domiciliario total decretada en contra de Javier Ignacio Cornejo Diez de Medina, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, lavado de activos, soborno y uso de instrumento privado falso, desechando la petición de la defensa de imponerle solo el arresto domiciliario parcial nocturno.

Según el ente persecutor, Rodríguez Cajas y  Cornejo Diez de Medina fueron favorecidos con adjudicación y contratos de trato directo por el alcalde de Rancagua, Juan Ramón Godoy,  a cambio de pagar sobornos al jefe comunal.