La Comisión de Libertad Condicional de Antofagasta acogió un total de 45 solicitudes presentadas internos de los centros penitenciarios de la región, en su primera sesión del año, lo que equivale a un 20% de las peticiones revisadas por los magistrados.
La comisión, encabezada por la presidenta de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, ministra Jasna Pavlich Núñez, e integrada por los magistrados Ingrid Castillo Fuenzalida y Alfredo Lindenberg Bustos, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, y Claudia Campusano Reinike y Andrés Santelices Jorquera, del Juzgado de Garantía de Antofagasta, revisó en total 224 solicitudes, ya que 24 internos renunciaron a la postulación y 4 no cumplían el tiempo mínimo establecido en la ley.
En la ciudad de Antofagasta se acogieron 27 solicitudes; en Calama fueron 3 las aceptadas, en Tocopilla se accedió a 12 peticiones y en la comuna de Taltal fueron 3.
Uno de los últimos cambios que registra la normativa respecto a las libertades condicionales, publicado el 9 de noviembre del año pasado, establece que Gendarmería de Chile deberá informar al tribunal a cargo de la ejecución de la pena respectiva, la nómina de postulantes a la libertad condicional, y este deberá notificar a las víctimas de dicha postulación.
Según establece dicha modificación, “(…) La víctima, personalmente o a través de su representante, podrá dar a conocer sus alegaciones, por escrito, ante la Comisión de Libertad Condicional respectiva, durante los primeros cinco días de los meses de abril y octubre, según corresponda. La Comisión podrá además oír en audiencia a la víctima o a sus representantes, si ésta así lo solicita, por fundamentos especialmente calificados, ya sea en atención a la gravedad de los hechos por los que la persona postulante fue condenada o por su calidad de reincidente".
En esta primera sesión del año, en la Comisión de Antofagasta se presentaron 3 alegaciones por parte de víctimas, dos de ellas expusieron de manera presencial sus argumentos ante la comisión y una lo hizo por escrito.
Tras las modificaciones al decreto realizadas a través de la ley 21.124 de fecha 11 de enero de 2019, los requisitos para acceder al cumplimiento de la pena en libertad condicional son: tiempo de pena cumplida (la mitad o dos tercios); haber observado conducta intachable en el establecimiento penal; y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia del interno o interna.